Aporte Previsional Solidario de Vejez: Esto son los requisitos para optar a este beneficio - Central Noticia

Aporte Previsional Solidario de Vejez: Esto son los requisitos para optar a este beneficio

los lagos
Para acceder al aporte los pensionados deberán tener pensiones que sean inferiores a $485.674 en caso de tener entre 65 y 74 años; y que sean menores a $520.366 en caso de ser mayor a 75 años.

El Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) es un beneficio entregado por el Estado el cual permite el aumento de las jubilaciones que reciben  los pensionados en el sistema contributivo.

Para acceder al aporte los pensionados deberán tener pensiones que sean inferiores a $485.674 en caso de tener entre 65 y 74 años; y que sean menores a $520.366 en caso de ser mayor a 75 años.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Aporte Previsional Solidario de Vejez?

Actualmente, los requisitos para recibir el Aporte Previsional Solidario de Vejez son:

  • Tener al menos 65 años de edad al momento de la solicitud.
  • Tener derecho o recibir una pensión de vejez o sobrevivencia (monto bruto) menor a los montos establecidos, ya sea de una AFP, compañía de seguros o ex caja de previsión social administrada por el Instituto de Previsión Social (IPS).
  • No ser imponentes de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) ni de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • No recibir pensiones en Capredena ni Dipreca, ya sea en calidad de titular o como beneficiario de una pensión de sobrevivencia.
  • Aún sin tener derecho a una pensión previsional, tener derecho a una pensión de sobrevivencia otorgada por la ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley Nº 16.744).
  • Integrar un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población, determinado por el Puntaje de Focalización Previsional, que es entregado por la calificación del Registro Social de Hogares (RSH), entre otras fuentes que conforman el SIDP (Sistema de Información de Datos Previsionales, que es administrado por el IPS).
  • Acreditar residencia en el territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplieron 20 años de edad.
  • Haber vivido en Chile al menos cuatro de los últimos cinco años anteriores a la solicitud.
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