Bono Navidad: ¿Cuánto dinero recibirán los pensionados y trabajadores públicos? - Central Noticia

Bono Navidad: ¿Cuánto dinero recibirán los pensionados y trabajadores públicos?

El también conocido como aguinaldo navideño, no sufre de descuentos ni se considera para el pago de impuestos.

El Bono Navidad es un aporte de una sola cuota que beneficia, principalmente, a pensionados y trabajadores públicos, a partir del 1 de diciembre.

De acuerdo con el Instituto de Previsión Social (IPS) “solo en el caso del Instituto de Previsión Social, se proyecta beneficiar a más de 1 millón 217 mil personas”. Estos pensionados obtendrán la ayuda económica de manera presencial, junto con su retribución mensual.

A los otros se les depositará el monto en cuentas bancarias o Cuenta RUT, dependiendo del método de pago que hayan escogido para su pensión.

El también conocido como aguinaldo navideño, no sufre de descuentos, ni se considera para el pago de impuestos, de cotizaciones previsionales o de salud (no es imponible).

¿Cuál es el monto establecido para el Bono Navidad?

Los pensionados, trabajadores del sector público y regulados por ley tendrán el pago base de $23.704 y se le abonarán $13.392 si el beneficiario tiene alguna carga familiar, registrada al 30 de noviembre.

En específico, ¿quiénes son beneficiados por el Bono Navidad?

El Bono Navidad es especial para los trabajadores del sector público y los pensionados. Los del área privada también pueden recibirlo, pero no es obligatorio.

Por otro lado, los pensionados deben estar registrado en una estas instituciones al 30 de noviembre de 2021, para conseguir el bono.

– Instituto de Previsión Social.
– Cajas de Previsión de Dipreca y Capredena.
– Instituto de Seguridad Laboral.
– Mutualidades de Empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo.

Los pensionados del DL 3.500 (Sistema de AFP), que a la fecha mencionada perciban el beneficio de Aporte Previsional Solidario (APS) o pensiones mínimas con garantía estatal, también pueden obtener el aguinaldo de este año.

Los que están bajo esta condición son:

– Pensionados de las excajas de Previsión.
– Personas con Pensión Básica Solidaria (PBS).
– Pensionados con Aporte Previsional Solidario (APS), del Sistema de AFP.
– Pensionados de la Ley N° 19.234 (Exonerados Políticos).
– Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.123 (Ley Rettig).
– Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.992 (Ley Valech).
– Pensionados de Accidentes del Trabajo, Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
– Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Art. 35 de la Ley N° 20.255.
– Beneficiarios de indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.

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