Contrato artículo 22: ¿De qué trata trabajar bajo esta modalidad? - Central Noticia

Contrato artículo 22: ¿De qué trata trabajar bajo esta modalidad?

El estudio jurídico también explica que quienes dispongan libremente de su jornada laboral tienen derecho a desconexión, por lo que pueden estar desconectados por 12 horas seguidas tras realizar sus labores

Uno de los puntos más conocidos del Código del Trabajo es el artículo 22 el cual trata de la duración de jornada laboral.

Este articulo permite que los trabajadores queden excluidos de la jornada laboral de 45 horas semanales.

El estudio jurídico Derecho Fácil explica que esta cláusula “permite a las y los trabajadores disponer libremente de su jornada laboral”.

Otras de las características de trabajar bajo el Artículo 22 son que:

  • No hay pago de horas extras.
  • No hay horario de ingresos ni tampoco de salida.
  • No es necesario asistir a un lugar de trabajo fijado por el empleador.

El estudio jurídico también explica que quienes dispongan libremente de su jornada laboral tienen derecho a desconexión, por lo que pueden estar desconectados por 12 horas seguidas tras realizar sus labores, según detalla Meganoticias.

¿Quiénes pueden trabajar bajo el Artículo 22 del Código del Trabajo?

La Dirección del Trabajo informa que los trabajadores que pueden quedar excluidos de la limitación de jornada de trabajo, y que pueden trabajar bajo el Artículo 22 del Código del Trabajo son:

  • Los trabajadores que presten servicios a distintos empleadores.
  • Los gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración.
  • Los agentes comisionistas y de seguro, vendedores viajantes, cobradores y demás similares que no ejerzan sus funciones en el local del establecimiento.
  • Los contratados por el Código del Trabajo para prestar servicios en su propio hogar o en un lugar libremente elegidos por ellos.
  • Todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata.

Sin perjuicio de los trabajadores señalados anteriormente, el artículo 22 considera la exclusión de jornada de otros trabajadores:

  • Los trabajadores que se desempeñan a bordo de naves pesqueras.
  • Los trabajadores contratados para que presten sus servicios preferentemente fuera del lugar o sitio de funcionamiento de la empresa, mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones.
  • Los deportistas profesionales y trabajadores que desempeñan actividades conexas.
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