¡Otorgan casi 10 millones a los beneficiados con el Subsidio DS49!: Revisa acá si fuiste seleccionado - Central Noticia

¡Otorgan casi 10 millones a los beneficiados con el Subsidio DS49!: Revisa acá si fuiste seleccionado

El llamado está dirigido para familias y grupos que tengan asociado un proyecto de Construcción en Sitio Propio, es decir, edificar una vivienda en un sitio que pertenece a la persona que desea postular.

El Minvu tiene habilitadas las postulaciones de un llamado en condiciones especiales del DS49 para Construcción en Sitio Propio, Densificación Predial y Pequeño Condominio, incluyendo el procedimiento de Autoconstrucción Asistida.

El llamado está dirigido para familias y grupos que tengan asociado un proyecto de Construcción en Sitio Propio, es decir, edificar una vivienda en un sitio que pertenece a la persona que desea postular.

¿Cuáles son los requisitos para postular al Subsidio DS49?

Los requisitos para postular al subsidio son:

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Contar con Cédula Nacional de Identidad Vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros con permanencia definitiva y Certificado de Permanencia Definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 40% más vulnerable de la población.
  • Acreditar en el RSH un grupo familiar. No pueden postular personas solas (familias unipersonales) excepto los Adultos Mayores, viudos/as o aquellas que tengan un grado de discapacidad (acreditada ante el COMPIN), calidad de indígenas o sean reconocidas en el Informe Valech.
  • Tener una cuenta de ahorro para la vivienda con un ahorro mínimo de 10 UF (aproximadamente $315 mil), a más tardar, el último día hábil del mes anterior a la postulación.

Para postular se debe realizar el siguiente proceso:

  • Pertenecer a un grupo organizado que esté compuesto entre 2 a 160 integrantes.
  • El grupo debe contar con la asesoría de una entidad patrocinante (Persona natural o jurídica, pública o privada, con o sin fines de lucro, cuya función es la de desarrollar proyectos habitacionales y/o técnicos, destinadas a familias de este Programa).
  • La Entidad debe presentar un proyecto habitacional para la Construcción de un loteo o Copropiedad en un terreno, que puede ser del comité, de la entidad patrocinante, de la empresa Constructora o adquirirse cuando se obtenga el subsidio.
  • El proyecto debe estar aprobado por todas las familias que integran el Comité.
  • El proyecto es evaluado por Serviu, para lo cual existen plazos para emitir observaciones y para que estas sean corregidas por la Entidad Patrocinante.
  • Una vez que el proyecto resulte calificado por Serviu, pueden participar en la selección que se dispone con este llamado.
  • Durante todo el proceso de preparación, evaluación y ejecución del proyecto, las familias deben participar activamente.
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