Pensión Garantiza Universal: Con tu RUT acá podrás saber si eres beneficiado - Central Noticia

Pensión Garantiza Universal: Con tu RUT acá podrás saber si eres beneficiado

Desde agosto cambiarán de forma permanente los requisitos para poder acceder a la PGU, beneficiando a una mayor cantidad de personas.

Luego de su implementación en febrero, la Pensión Garantizada Universal (PGU) comenzará su segunda etapa, ampliando su cobertura del 60% al 90% de la población mayor de 65 años, beneficiando a un mayor número de personas.

Este beneficio reemplaza al antiguo Pilar Solidario y está destinado no solo a los pensionados, sino también a aquellos que sigan trabajando y reciban pensiones de alguna AFP o del sistema de reparto.

Hasta el 31 de julio de 2022, los requisitos para acceder a este aporte son los mismos que han estado vigentes para acceder a una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o al Aporte Previsional Solidario de Vejez. Sin embargo, desde agosto estos cambiarán de forma permanente.

¿En qué fecha pagan la PGU este mes?

La fecha exacta de pago de la Pensión Garantizada Universal depende de cada beneficiario. Por eso, puedes revisar en el sitio web habilitado por Chile Atiende cuándo recibirás tu pago. Solo debes hacer clic aquí e ingresar con tu RUT.

En cuanto a las personas que postulen en agosto con los nuevos requisitos, les corresponden sus pagos desde el mes de septiembre. De esta forma, el sistema verificará durante un mes el cumplimiento de las nuevas solicitudes y beneficiarios.

¿Cuáles son los nuevos requisitos de la Pensión Garantizada Universal?

Pueden solicitar la PGU quienes cumplan con estos requisitos:

  • Tengan 65 años o más.
  • No integren un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población, según el Registro Social de Hogares.
  • Cuenten con una pensión base menor a la pensión superior, fijada en $1.000.000.
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en los siguientes dos casos:
    • Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
    • Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.

Cabe destacar que no pueden recibir los pagos de la PGU las personas pensionadas por Dipreca o Capredena.

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