Subsidio Familiar: Estos son los montos que podrías recibir

Las personas que reúnan los requisitos para ser beneficiarias pueden solicitar este subsidio directamente en la municipalidad de su respectiva comuna.

El Subsidio Único Familiar (SUF) lo pueden recibir los hogares que cumplan determinadas condiciones, tal como pertenecer al tramo del 60 % más vulnerable del país, según el Registro Social de Hogares (RSH).

Los beneficiarios pueden obtener el Aporte Canasta Básica, la ayuda monetaria que compensa el alza en los precios de los principales alimentos que se consumen dentro de un hogar.

Las personas que reúnan los requisitos para ser beneficiarias pueden solicitar este subsidio directamente en la municipalidad de su respectiva comuna.

Este organismo se encarga de comprobar la calidad de beneficiario, mediante la verificación del cumplimiento de las condiciones.

¿Qué monto entrega el Subsidio Único Familiar?

Tras el aumento del sueldo mínimo en agosto, elevándose a los actuales $400 mil para un grupo importante de trabajadores, el monto del SUF también incrementó.

Hasta enero de 2023, cuando eventualmente entre en vigencia un nuevo aumento del ingreso mínimo mensual, si es que se cumplen determinadas condiciones, la cifra del subsidio es equivalente a $16.418 por carga familiar.

En caso de que esa carga familiar (también denominada como causante) sea una persona en situación de discapacidad, el monto será del doble: $32.836.

¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiario?

Además de estar en el tramo del 60 % del RSH, lo pueden recibir todas las personas que no pueden proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación.

De ese modo, el aporte va dirigido en el siguiente orden prioritario, según lo determinado por el Ministerio de Desarrollo Social:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo a el o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o discapacitados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

Se entrega por causantes que reúnan la siguiente condición:

  • Sean menores (hasta los 18 años de edad) y participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años, y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar. En caso de los niños mayores de 6 años se debe acreditar que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes.
  • Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley N° 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.
  • Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.

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