Subsidio Único Familiar: ¿Cómo ingresar a este beneficio que entrega $100 mil pesos por familia?

Este aporte tienen la finalidad de ayudar a las personas económicamente con la entrega de $16.418 por causante familiar. si el causante tiene discapacidad este monto ascenderá a $32.836 pesos.

Subsidio Único Familiar

El Subsidio Único Familiar (SUF) forma parte de los aportes asignados por el Instituto de Previsión Social (IPS). Este aporte se encuentra destinado a quienes están en situación de vulnerabilidad del país, que formen parte del 60% del Registro Social de Hogares.

Este aporte tienen la finalidad de ayudar a las personas económicamente con la entrega de $16.418 por causante familiar. si el causante tiene discapacidad este monto ascenderá a $32.836 pesos.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Subsidio Único Familiar?

Serán beneficiarias las personas que no estén en condición de proveer por sí sola (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante del bono en el siguiente orden:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

¿Cuál es la fecha de pago del Subsidio Único Familiar?

Se paga mensualmente, durante un periodo de 3 años y para recibirlo las personas deben acercarse a la respectiva municipalidad presentando los siguientes documentos:

  • Certificado de nacimiento del menor.
  • Carnet Control Niño Sano al día, para menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, para mayores de 6 años y menores de 18.
  • Para las personas con discapacidad intelectual se debe presentar acreditación de su condición. Esto se realiza a través de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los Servicio de Salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

La municipalidad correspondiente se encargará de comprobar la calidad del beneficiario y el cumplimiento de requisitos y antecedentes correspondientes.