Pensión Garantizada Universal: Así puedes acceder al pago

Pensión Garantizada Universal: Así puedes postular al beneficio

Pensión Garantizada Universal
Pensión Garantizada Universal
Para ser beneficiario de los pagos de la PGU no es necesario estar pensionado.

La Pensión Garantizada Universal, conocida como PGU, es el reemplazo de los aportes del Pilar Solidario de Vejez, el mismo se entrega mes a mes a los adultos mayores que cumplan con varios requisitos.

Este aporte alcanza los $193.917, y los beneficiarios son los mayores de 65 años de edad que residan en Chile y no sean partes del 10 % de mayores ingresos.

¿Cuándo se paga la PGU?

Este es un aporte que se entraga mensualmente; además lo reciben quienes pasaron a obtener automáticamente sus pagos tras ser receptores de la Pensión Básica Solidaria o del Aporte Previsional Solidario de Vejez; y quienes efectuaron su respectiva postulación.

Se entrega mensualmente a sus beneficiarios. Los beneficiarios pueden conocer la fecha y forma de pago de su Pensión Garantizada Universal en el sitio web de Chile Atiende.

Para saber cuándo recibirán el monto de octubre, deben seguir las siguientes instrucciones:

El sistema indicará la fecha y forma en que la persona debe cobrar el pago de la PGU en octubre, según la información entregada por el Instituto de Previsión Social (IPS).

¿Puedo perder el pago de la PGU?

Existen determinados motivos por los que una persona puede perder, temporal o definitivamente, su derecho a recibir la PGU. Chile Atiende informa que las causales de suspensión y extinción de la Pensión Garantizada Universal son:

Suspensión PGU

  • Por el no cobro de la PGU durante 6 meses continuos, aunque podrá solicitar que se deje sin efecto la medida hasta 6 meses contados desde la suspensión. Transcurrido el plazo sin haberse efectuado la solicitud de reactivación, procederá la extinción del beneficio.
  • Cuando la persona beneficiaria no proporcione antecedentes para acreditar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la mantención del beneficio y que le sean solicitados por el IPS dentro de los 3 meses de efectuado el requerimiento.

Extinción de la PGU

  • Por el fallecimiento del beneficiario o la beneficiaria. Se extinguirá a contar del último día del mes de su fallecimiento.
  • Por permanecer fuera del país por un lapso superior a 180 días continuos o discontinuos durante el año calendario.
  • Por haber entregado antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objeto de acreditar cumplimiento de los requisitos de acceso a la PGU.
  • Por haber dejado de cumplir el requisito de focalización.

¿Cuáles son los requisitos de la PGU?

Para recibir la Pensión Garantizada Universal es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años de edad o más.
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población mayor a 65 años.
  • Contar con una pensión base menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior).

Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:

  • Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
  • Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
  • No recibirán los pagos de la PGU las personas que son titulares o beneficiarias de la Pensión de Sobrevivencia, los imponentes de Capredena (Fuerzas Armadas) y los de Dipreca (Carabineros).

Para ser beneficiario de los pagos de la PGU no es necesario estar pensionado.

Los adultos mayores que cumplan con las condiciones pueden postular, ingresando su RUT en el sitio web www.persona.ipsenlinea.cl.

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