Bono al Trabajo de la Mujer: ¿Cómo puedo postularme? - Central Noticia

Bono al Trabajo de la Mujer: ¿Cómo puedo postularme?

Bono al trabajo de la Mujer
Bono al trabajo de la Mujer
Es entregado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).

Las mujeres que tengan entre 25 y 59 años y que se encuentren trabajando de forma dependiente o independiente, pueden solicitar el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM).

Es entregado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con el objetivo de mejorar los ingresos mensuales o anuales de las interesadas.

Las beneficiarias pueden recibir un monto máximo de $570.825, aunque el valor dependerá de la forma de pago que hayan escogido al momento de la postulación y de su remuneración bruta mensual.

¿Qué requisitos debo cumplir para solicitar el Bono al Trabajo de la Mujer?

Las condiciones que debes cumplir para poder postular a esta ayuda económica son los siguientes:

  • Tener entre 25 y 59 años.
  • Pertenecer al 40 % más vulnerable del Registro Social de Hogares (RSH).
  • Acreditar una renta bruta inferior a $6.421.781.
  • Acreditar una remuneración bruta mensual inferior a $535.148 si reciben el beneficio a través de pagos provisionales.
  • Estar al día en el pago de cotizaciones previsionales y de salud.
  • No trabajar en alguna institución del Estado.
  • No registren solicitudes pendientes como beneficiarias del Subsidio al Empleo Joven (SEJ).

¿Cómo se postula?

Si cumples con los requisitos mencionados y deseas postular al BTM, debes hacer lo siguiente:

  • Ingresa al sitio del Sence del Bono al Trabajo de la Mujer.
  • Pincha donde dice “postular al BTM”.
  • Una vez en el sitio web de la institución, pulsa donde dice “Ingresar”.
  • Escribe tu RUT y Clave Única, y presiona donde dice “continuar”.
  • Selecciona en “trabajadora” e ingresa.
  • Presiona donde dice “postular”.
  • Completa los datos solicitados.

¿Qué tipos de pago contempla el BTM?

El Bono al Trabajo de la Mujer tiene dos formas de pago: anual o mensual, donde la primera de ella es la que te recomiendan desde el Sence.

Pago anual:

  • Por su fórmula de cálculo, no estás sujeta a devolución de dinero.
  • Se realiza una vez al año, de acuerdo a las rentas percibidas el año anterior (enero a diciembre).

Pago mensual:

  • Son anticipos del pago anual. Solo se paga hasta el 75 % del beneficio, el resto del beneficio se entrega en el pago anual.
  • El primer pago se realiza cuatro meses después de la fecha de postulación.
  • El pago se realiza siempre con tres meses de desfase, por ejemplo, en enero se pagará el beneficio de acuerdo a las rentas percibidas en octubre.
  • Se realiza el último día hábil de cada mes, a excepción de septiembre y diciembre.
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