Subsidio y Asignación Familiar tendrá un cambio importante - Central Noticia

Subsidio y Asignación Familiar tendrá un cambio importante

Lo recibirán más de 900 mil niños, niñas y adolescentes pertenecientes al 40 % más vulnerable de la población.

Recientemente, el Gobierno anunció el aumento del monto del Subsidio Familiar y la Asignación Familiar.

También se confirmó un importante cambio que ampliará el universo de beneficiarios de ambos bonos.

¿Cuál es el importante cambio al Subsidio y Asignación Familiar?

Durante el 2023 y de manera gradual, el Gobierno ampliará el rango de beneficiarios de estos aporte, incluyendo así, a más de 900 mil niños, niñas y adolescentes pertenecientes al 40 % más vulnerable de la población.

¿Cuáles son los actuales requisitos de estos beneficios?

Actualmente, pueden recibir estos dos beneficios las siguientes personas:

Asignación Familiar

  • Trabajadores dependientes del sector público y privado.
  • Trabajadores independientes, afiliados a un régimen previsional al 1 de enero de 1974, que tengan la Asignación Familiar.
  • Trabajadores independientes, obligados o no a cotizar en AFP, que acrediten cargas al IPS.
  • Beneficiarios del Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Pensionados de cualquier régimen.
  • Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados o en situación de discapacidad.
  • Personas naturales con niños a su cargo por resolución judicial.
  • Trabajadores con derecho al Fondo de Cesantía Solidario que recibían la Asignación Familiar al quedar cesantes.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal y Pensión Básica Solidaria de Invalidez en relación con su descendencia.
  • Beneficiarios del subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años, en relación con su descendencia.

Subsidio Familiar

Aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación, en el siguiente orden:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o física de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).
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