¡SOLO ESTE REQUISITO! Mamá revisa si recibirás el Bono por Hijo y cuánto dinero es - Central Noticia

¡SOLO ESTE REQUISITO! Mamá revisa si recibirás el Bono por Hijo y cuánto dinero es

Según la autoridad de Gobierno, los cambios del bono se dan en el marco de la reforma de pensiones del Gobierno, que se encuentra en el Congreso, y es una de las propuestas monetarias expuestas en la “pensión del seguro social”

El Bono por Hijo beneficia a las mujeres desde los 65 años, que sean madres biológicas o adoptivas.

Quienes resultan beneficiarias comienzan a recibir sus pagos desde el momento en que se pensionan.

Actualmente, entrega un monto que equivale al 10 % de 18 ingresos mínimos mensuales, que se reparte mensualmente hasta que se agote la totalidad del dinero o de forma vitalicia.

El subsecretario de Previsión Social, Christian Larraín, comentó que este bono experimentaría cambios, entregando un monto más alto.

¿Cómo sería el nuevo Bono por Hijo?

Según la autoridad de Gobierno, los cambios del bono se dan en el marco de la reforma de pensiones del Gobierno, que se encuentra en el Congreso, y es una de las propuestas monetarias expuestas en la “pensión del seguro social”.

Indicó que el beneficio tendría un nuevo monto, el que alcanzaría un $1.100.000, que quedaría registrado en la cuenta de cotización previsional de las beneficiarias.

Se sumaría a los montos del aporte original, por lo que las madres que lo reciban, juntarían una suma de dinero mayor.

¿Quiénes pueden postular al Bono por Hijo?

Existe dos tipos de requisitos para poder acceder al aporte: específicos y generales.

Requisitos generales:

  • Tener 65 o más años.
  • Residir en Chile por un periodo de 20 años, contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años. Estos pueden ser consecutivos o discontinuos.
  • Haber residido en Chile durante los cinco años anteriores a la solicitud del bono.

Requisitos específicos:

  • Estar afiliada a una AFP y haber obtenido su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
  • Ser titular de una Pensión Básica Solidaria de Vejez y haber obtenido su pensión a contar del 1 de julio de 2009.
  • Si no estás afiliada a un régimen previsional, haber recibido una Pensión de Sobrevivencia otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social a contar del 1 de julio de 2009.

El monto que se entrega comienza a generar rentabilidad desde el nacimiento del hijo.

Artículos Relacionados