¿Te encuentras sin trabajo? Conoce los bonos que hay disponible como ayuda - Central Noticia

¿Te encuentras sin trabajo? Conoce los bonos que hay disponible como ayuda

Todos los cesantes pueden optar a estos beneficios estatales, sin embargo, deben cumplir con una serie de requisitos.

La Tasa de Desempleo abrió este año en un 8 %, pero pese a que esta se ha ido estabilizando respecto a los años anteriores, son muchas las personas que se encuentran sin trabajo.

Quienes están cesantes buscan cada uno de los bonos o aportes monetario del Estado que las pueda ayudar, sobre todo con el alza de los precios creciente que se vive en el país.

Todos los cesantes pueden optar a estos beneficios estatales, sin embargo, deben cumplir con una serie de requisitos para poder cobrarlos.

¿Cuáles son los beneficios para cesantes, qué requisitos tienen y como cobrarlos?

Seguro de Cesantía

Está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), el cual busca proteger a los trabajadores, que se encuentran bajo el Código del Trabajo, que quedan sin empleo.

Cada uno cuenta con una Cuenta Individual de Cesantía, en donde cada mes que estuvieron contratados se sumaba un cantidad a este fondo con las cotizaciones, la cual se forma en un aporte del 0.6 % del empleado y 2,4 % del empleador.

¿Cuáles son los requisitos y cómo cobrarlo?

Las personas que quieran cobrar el Seguro de Cesantía deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar cesante, condición que se debe acreditar mediante el finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según corresponda.
  • Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular: contar con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
  • Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.

Para cobrarlo puedes hacerlo tanto de manera presencial en las oficinas de la AFC como de forma remota en la plataforma digital de la misma entidad.

Debes ir al apartado que dice “Cobrar mi seguro de cesantía”, entrar con tu RUT y clave de acceso o Clave Única, completar los datos requeridos y adjuntar el finiquito,

Subsidio de Cesantía

Se entrega por un periodo máximo de 360 días y está dirigido especialmente a las personas que no pueden cobrar el seguro de cesantía.

Las personas que lo reciben tienen derecho asistencia médica gratuita en el sistema de salud público, recibir la Asignación Familiar, Maternal o por muerte

¿Cuáles son los requisitos y cómo cobrarlo?

Las personas que quieran cobrarlo deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
  • Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
  • Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).

Las personas cesantes que quieras solicitar este subsidio deben dirigirse a las oficinas del Instituto de Previsión Social o a la Caja de Compensación que se encuentren afiliados y presentar los documentos requeridos.

Esto son la Cédula de Identidad, formulario de solicitud de subsidio de cesantía, finiquito, certificado de cotizaciones y Certificado de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad.

Fondo de Cesantía Solidario

Este fondo garantiza la entrega de beneficios a los afiliados a la AFC y los cuales no cuentan con un ahorro suficiente o se han agotado los fondos en su Cuenta Individual de Cesantía cuando quedan sin empleo.

Es financiado por un aporte estatal y por el 0.8 % de las cotizaciones del empleador o un 0,2 % si es contrato fijo, por obra o faena. Las personas beneficiarias pueden acceder al Fondo de Cesantía Solidario hasta 10 veces en cinco años.

¿Cuáles son los requisitos y cómo cobrarlo?

Las personas que quieran cobrarlo deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Que se encuentren cesantes al momento de la solicitud.
  • Cuyos recursos en la cuenta individual de cesantía sean insuficientes para financiar un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes que establece la ley.
  • Cuenten con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido, las que deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes anterior al término de la relación laboral.
  • Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
  • Cuyo contrato de trabajo haya terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
  • Activar su cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece.

Para que las personas puedan solicitar este beneficio deben ingresar al sitio web de la AFC con su RUT y clave de acceso AFC o con su Clave Única. Después deben rellenar los datos requeridos y adjuntar el finiquito o documento que acredite la cesantía.

También pueden hacerlo de manera presencial en las sucursales de la AFC, llevando su Cédula de Identidad vigente y el finiquito o documento que acredite la cesantía.

Cuenta de ahorro de Indemnización

También puedes pedir una indemnización por término de contrato, la cual puede sustituir la indemnización legal por años de servicio.

Para solicitarlo este monto tienes que ir a la sucursal de la AFP que estás afiliado y llevar los documentos que certifiquen tu término de contrato.

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