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Seguro de Cesantía: ¿Es posible cobrarlo si renunció voluntariamente? Revisa acá

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publicado: 17.08.2023

El beneficiario del Seguro de Cesantía puede realizar retiros en función de su saldo disponible, según los porcentajes de su remuneración de los últimos 12 meses.

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A continuación, te presentamos los elementos clave relacionados con esta pregunta, analizando las condiciones, requisitos y posibles escenarios en los que un individuo podría o no ser elegible para acceder a este beneficio.

¿Es posible solicitar el Seguro de Cesantía al renunciar?

La Superintendencia de Pensiones establece que los fondos del Seguro de Cesantía pueden ser retirados tanto si el trabajador está cesante debido a un despido como si decide renunciar voluntariamente.

En consecuencia, es factible recibir el beneficio en caso de renuncia por parte del trabajador.

¿Cuáles son los criterios para calificar para este beneficio?

¿Cuánto dinero se puede retirar?

El beneficiario puede realizar retiros en función de su saldo disponible, según los siguientes porcentajes de su remuneración de los últimos 12 meses:

¿Cómo puedo consultar mi saldo?

Para conocer el monto disponible, puedes revisar la cartola anual que se proporciona en febrero y que detalla todos los movimientos. Además, se envía una cartola cuatrimestral en julio y octubre.

Asimismo, puedes realizar una consulta a través de la sucursal virtual de afiliados. Ingresa aquí con tu RUT y clave de acceso o Clave Única. Allí podrás consultar el saldo actualizado y los movimientos de cotización.

¿Cómo retirar los fondos?

Ingresa a afc.cl utilizando tu RUT y Clave Única o tu clave AFC.

Dentro de la plataforma, selecciona “Cobrar Seguro de Cesantía” y sigue estos pasos:

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