¿Estás desempleado? Conoce las ayudas y beneficios que puedes solicitar

En nuestro país existen diversos bonos y beneficios a los que pueden acceder los cesantes

Quedar sin trabajo puede ser una situación desafiante, pero en nuestro país existen diversos bonos y beneficios a los que pueden acceder los cesantes que cumplan con los requisitos.

A continuación, te presentamos algunos de estos bonos y sus requisitos:

1. Seguro de Cesantía (AFC):

  • Este seguro protege a todos los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo o por obra o servicios.
  • Requisitos:
    • Estar cesante (se debe acreditar con documentos como finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial).
    • Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular: tener al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral.
    • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 6 cotizaciones continuas o discontinuas.
    • Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que se tuvo acceso al beneficio o desde la afiliación al seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

2. Subsidio de Cesantía:

  • Ayuda a trabajadores que no tienen derecho al Seguro de Cesantía.
  • Beneficios incluyen asistencia médica gratuita, asignación familiar o maternal, y asignación por muerte.
  • Requisitos:
    • Tener al menos 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
    • Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad de residencia.
    • Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
    • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
    • Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002.

3. Cuenta de Ahorro de Indemnización (AFP):

  • La cuenta de ahorro de indemnización es un fondo del empleador para pagar indemnización.
  • Los trabajadores pueden retirar el dinero en caso de despido o término del contrato.
  • El monto de la indemnización depende de los aportes y la rentabilidad acumulada.
  • Los empleadores deben realizar aportes durante un máximo de 11 años por cada trabajador de casa particular.

4. Fondo de Cesantía Solidario (AFC):

  • Este fondo se entrega a afiliados que no tienen suficientes recursos en su cuenta de cesantía al quedar cesantes.
  • También se puede solicitar cuando se han agotado los fondos del seguro de cesantía del trabajador.
  • Requisitos incluyen cotizaciones en el Fondo de Cesantía Solidario y estar cesante al momento de la solicitud.
  • Para acceder al Fondo de Cesantía Solidarioingresa AQUÍ

Para más información y solicitudes, se pueden utilizar los enlaces y recursos proporcionados por las respectivas instituciones, como la AFC, IPS, y AFP. Estos beneficios están diseñados para brindar apoyo económico y asistencia médica a quienes se encuentran en situación de cesantía en el país.