Los bonos para cesantes que podrás cobrar esta semana: Revisa cuáles son
Estos bonos y beneficios están diseñados para ayudar a las personas cesantes a enfrentar tiempos difíciles
El desempleo es una situación complicada, especialmente en momentos como estos. Actualmente, el 8,77% de la población chilena se encuentra cesante según los últimos datos entregados por el INE.
Afortunadamente, existen diversos bonos y beneficios estatales a los que las personas cesantes pueden acceder para recibir apoyo en tiempos difíciles.
Aquí te presentamos cuatro de ellos, junto con sus requisitos:
1. Seguro de Cesantía:
- Dirigido a trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que tenían una Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
- Requisitos:
- Acreditar la cesantía a través del finiquito, carta de despido, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
- Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término del contrato.
- Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 6 cotizaciones continuas o discontinuas.
- Montos: Se retira mensualmente según el sueldo recibido en los últimos 12 meses, en porcentajes decrecientes.
2. Fondo de Cesantía Solidario:
- Para personas que no tienen suficientes recursos en el seguro de cesantía o han agotado su dinero.
- Requisitos:
- Estar cesante.
- No tener fondos suficientes en el seguro de cesantía.
- Tener 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los últimos 24 meses.
- Últimas tres cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
- Duración: 5 meses para contrato indefinido, 3 meses para contrato a plazo fijo.
3. Subsidio de Cesantía:
- Para quienes no califican para el seguro de cesantía.
- Requisitos:
- Al menos 12 meses (52 semanas) de imposiciones continuas o discontinuas en cualquier régimen previsional dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
- Inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad.
- Inscripción en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Pérdida del empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Contrato de trabajo firmado antes del 2 de octubre de 2002 (o acogerse al régimen de la AFC si fue después).
- Duración: Hasta 360 días.
4. Indemnización por Término de Contrato:
- Sustituye o complementa la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.
- Acuerdo con el empleador al cumplir el séptimo año de relación laboral.
- Se cobra en caso de cesantía sin importar la causa.
Estos bonos y beneficios están diseñados para ayudar a las personas cesantes a enfrentar tiempos difíciles. Asegúrate de cumplir con los requisitos correspondientes y sigue los procedimientos para acceder a la ayuda que necesitas durante tu período de desempleo.