Bonos para personas sin trabajo: Conoce los beneficios que puedes recibir directo a tu cuenta

Estos programas están diseñados para brindar apoyo financiero a quienes enfrentan dificultades económicas debido a la pérdida de empleo

Es importante tener en cuenta que en Chile existen diferentes beneficios y bonos disponibles para las personas que se encuentran cesantes o desempleadas. Estos programas están diseñados para brindar apoyo financiero a quienes enfrentan dificultades económicas debido a la pérdida de empleo.

Aquí se detallan algunos de los principales beneficios para cesantes en Chile en 2023, junto con sus requisitos:

1. Seguro de Cesantía:

  • Este beneficio está dirigido a trabajadores que estaban afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y tenían una Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
  • Requisitos:
    • Acreditar la cesantía a través del finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
    • Dependiendo del tipo de contrato (indefinido o a plazo fijo), se requiere un número específico de cotizaciones en el seguro de cesantía.
  • El monto del beneficio se calcula en base al sueldo recibido en los últimos 12 meses y se retira en giros mensuales.

2. Fondo de Cesantía Solidario:

  • Este bono es para personas cesantes que no tienen suficientes fondos en el seguro de cesantía o han agotado sus recursos.
  • Requisitos:
    • Estar cesante al momento de la postulación.
    • Tener 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario en los 24 meses anteriores al despido.
    • Contar con un contrato de trabajo que haya terminado por diversas razones.
  • Se otorga por cinco meses consecutivos para contratos indefinidos y por tres meses para contratos a plazo fijo.

3. Subsidio de Cesantía:

  • Este subsidio se entrega a personas que no califican para el seguro de cesantía.
  • Requisitos:
    • Tener al menos 12 meses continuos o discontinuos de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema.
    • Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
    • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Se puede recibir por un máximo de 360 días.

4. Indemnización por Término de Contrato:

  • Esta indemnización puede sustituir o complementar la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.
  • Se puede acordar con el empleador después de cumplir el séptimo año de relación laboral.
  • Permite cobrar el dinero en caso de quedar cesante, independientemente de la causa.

Es importante destacar que los requisitos y montos de estos beneficios pueden cambiar con el tiempo, por lo que se recomienda verificar la información actualizada en los sitios web de las entidades relevantes, como la AFC, el IPS y la Superintendencia de Pensiones, y considerar la asesoría de profesionales en caso de dudas específicas sobre elegibilidad y beneficios disponibles.