Bonos para cesantes: Conoce qué beneficio puedes recibir hoy 8 de Enero - Central Noticia

Bonos para cesantes: Conoce qué beneficio puedes recibir hoy 8 de Enero

Hemos recopilado los mejores bonos para cesantes que pueden brindar un alivio económico necesario para empezar el año.

Lamentablemente, algunos han comenzado el año sin empleo, una situación que se vuelve aún más complicada en la época veraniega, donde muchos desean tomar vacaciones, lo que implica un gasto adicional que no todos pueden afrontar.

Por ello, hemos recopilado los mejores bonos para cesantes que pueden brindar un alivio económico necesario para empezar el año.

A continuación, detallamos los beneficios y bonos para cesantes en Chile.

Seguro de Cesantía:

El seguro de cesantía se otorga directamente a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) con una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Este beneficio está dirigido a aquellos que contaban con un contrato, ya que una parte de sus ingresos se destina a este seguro.

  • Requisitos para el cobro incluyen presentar el finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
  • Los porcentajes de retiro varían mensualmente según el sueldo de los últimos 12 meses.

La postulación se puede realizar aquí.

Fondo de Cesantía Solidario:

Este beneficio se destina a personas cesantes que no cuentan con recursos suficientes en el seguro de cesantía o que han agotado sus fondos sin encontrar trabajo. Los requisitos son:

  • Seguir cesante al momento de la postulación.
  • No tener fondos suficientes en el seguro de cesantía.
  • Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los últimos 24 meses.
  • Contrato de trabajo finalizado por vencimiento, conclusión del trabajo o servicio, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.

El beneficio se entrega durante cinco meses para contrato indefinido y tres meses para contrato a plazo fijo. La postulación se realiza aquí.

Subsidio de Cesantía:

Dirigido a quienes no cumplen con los requisitos para el seguro de cesantía, el subsidio de cesantía se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPS) y puede recibirse hasta por 360 días. Requisitos:

  • 12 meses (52 semanas) de imposiciones en cualquier régimen previsional en los dos años anteriores a la cesantía.
  • Inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente.
  • Inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Pérdida del empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.

Indemnización por Término de Contrato:

La indemnización por término de contrato complementa o reemplaza la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía. Puede acordarse con el empleador después del séptimo año de relación laboral, sustituyendo la indemnización legal por una a todo evento.

Es importante destacar que se realizaron cambios en los beneficios para cesantes el 1 de diciembre, permitiendo nuevas solicitudes y posibles reajustes para aquellos que ya reciben el beneficio.

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