¿No te llego el Bono Marzo? Conoce cómo apelar para poder recibirlo

El Bono Marzo se destina a familias que, al 31 de diciembre de 2023, fueron beneficiarias del Subsidio Familiar, Chile Solidario, el Subsistema de Seguridades y Oportunidades.

El pasado jueves 15 de febrero comenzaron los primeros pagos del Aporte Familiar Permanente, más conocido como Bono Marzo.

Este beneficio se otorga automáticamente a personas que cumplen con los requisitos establecidos, por lo que no es necesario realizar una postulación.

¿Quiénes son elegibles para el Bono Marzo?

El aporte se destina a familias que, al 31 de diciembre de 2023, fueron beneficiarias del Subsidio Familiar, Chile Solidario, el Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar), Asignación Familiar o Asignación Maternal.

El Grupo 1, compuesto por los beneficiarios del Subsidio Familiar o programas del Ingreso Ético Familiar, recibió su primer pago el 15 de febrero. Los integrantes de este grupo pueden verificar si les corresponde el beneficio en el sitio web www.aportefamiliar.cl.

¿Cuándo se realizarán los otros pagos?

A lo largo de marzo, se llevarán a cabo los pagos para los Grupos 2 y 3.

  • El Grupo 2, conformado por beneficiarios del Subsidio Familiar, Chile Solidario o del Subsistema de Seguridades y Oportunidades, así como los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), recibirá su pago a partir del 1 de marzo.
  • En el caso del Grupo 3, la entrega de su aporte iniciará el 15 de marzo. Este grupo incluye a personas que reciben Asignación Familiar o Maternal por sus cargas familiares, ya sean trabajadores o pensionados de entidades diferentes al IPS.

¿Qué hacer en caso de no recibir el pago?

Si cumples con los requisitos pero no apareces como beneficiario o no has recibido el pago correspondiente, podrás presentar un reclamo ingresando con tu RUN (Cédula de identidad) al sitio web del Aporte Familiar.

Es importante mencionar que la plataforma para realizar reclamos estará habilitada a partir del 15 de marzo, y el plazo para reclamar es de un año desde la publicación de las nóminas correspondientes al beneficio.