Revisa si como trabajador recibirá este bono de $42.377

Si eres beneficiario habitual del bono, pero no has recibido el pago, es crucial que estés al tanto del procedimiento para apelar.

El 30 de abril marca el inicio del nuevo pago mensual del Subsidio al Empleo Joven (SEJ) para aquellos que previamente han solicitado y recibido la aprobación del bono a través del sitio web oficial del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).

Este mes, el subsidio asciende hasta los $42.377 para aquellos que reciben el aporte de manera mensual, en contraste con el pago anual que se efectuará en agosto, alcanzando los $646.973. Si eres beneficiario habitual del SEJ pero no has recibido el pago en esta ocasión, es crucial que estés al tanto del procedimiento para apelar.

¿Cómo apelar los pagos del Subsidio al Empleo Joven?

La Superintendencia de Seguridad Social (Suceso) ha implementado una plataforma para presentar el reclamo correspondiente, ya sea porque tu solicitud de Subsidio al Empleo Joven fue rechazada o porque dejaste de recibir los pagos. Para ello, debes optar por una de las siguientes opciones:

A continuación, sigue estos pasos:

  1. Accede con tu usuario y clave, o mediante Clave Única.
  2. Completa el formulario con los datos solicitados.
  3. Selecciona la opción “Prestaciones familiares, bonos y beneficios”.
  4. En la submateria, elige el Subsidio al Empleo Joven.
  5. En el motivo, elige entre “revisión de cálculo” o “revisión del derecho”, según corresponda.
  6. En el relato, describe detalladamente el problema experimentado.
  7. Haz clic en “Continuar reclamo” para proporcionar los datos del trabajador y empleador, entre otros, y enviar la solicitud.

Documentación requerida para apelar pagos del bono:

Es importante tener a mano los siguientes documentos para completar la apelación:

Copia de solicitud del beneficio, si la tienes.
Presentación escrita y fundamentada con los datos de la persona que reclama.
Resolución de rechazo del beneficio, si la tienes.
Certificado histórico de la AFP.
Liquidaciones de remuneraciones del periodo reclamado.
Contrato de trabajo por el periodo reclamado o finiquito, según corresponda.