¿Sabías que puedes recibir $889.000 del IPS? Descubre si eres elegible

La persona fallecida debe haber sido beneficiaria del IPS y no debe estar afiliada al sistema del Decreto Ley (DL) Nº 3.500 a la fecha de su fallecimiento.

El Instituto de Previsión Social (IPS) ofrece una serie de beneficios para apoyar a las personas en diferentes momentos de su vida. Uno de estos beneficios es la Asignación por Muerte, que proporciona un pago de $889.533 destinado a cubrir los gastos funerarios de una persona fallecida, siempre que se cumplan ciertos requisitos y se presente la documentación necesaria.

¿Quiénes pueden recibir la Asignación por Muerte?

La Asignación por Muerte puede ser solicitada por personas naturales o jurídicas que hayan cubierto los gastos funerarios del fallecido. La persona fallecida debe haber sido beneficiaria del IPS y no debe estar afiliada al sistema del Decreto Ley (DL) Nº 3.500 a la fecha de su fallecimiento. Además, deben cumplir una de las siguientes condiciones:

  • Haber sido beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o del Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
  • Quienes recibían la PGU (a partir del 1 de febrero de 2022) obtendrán una cuota mortuoria de 15 unidades de Fomento (UF).
  • Haber tenido, al menos, una cotización en alguna de las ex cajas de previsión dentro de los últimos seis meses anteriores a su fallecimiento.
  • Haber sido beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o pensión de Sobrevivencia con aporte solidario sin afiliación a una AFP (DL Nº 3.500).
  • Haber sido beneficiario de un Subsidio de Incapacidad Laboral (SIL), Subsidio de Cesantía, o Subsidio de Discapacidad.
  • Haber sido pensionado o pensionada de las ex cajas de previsión y leyes especiales.
  • Pensionados de orfandad y convivencia, siempre que también hayan sido beneficiarios de aporte solidario a la fecha del fallecimiento.

¿Cómo solicitar la Asignación por Muerte?

Si estás atravesando este momento difícil y deseas acceder a la Asignación por Muerte, puedes hacerlo a través del sitio del IPS en Línea. Dependiendo del tipo de solicitante, los pasos son los siguientes:

Para personas naturales:

  1. Ingresa el RUT del solicitante.
  2. Pulsa en “Asignación por Muerte”.
  3. Digita el RUT del causante (el sistema identificará si los datos son correctos).
  4. Accede con tu Clave Única.
  5. Completa los datos requeridos (de la empresa funeraria y del solicitante) y adjunta la documentación necesaria (factura original entregada por la empresa funeraria y certificado de sepultación, si han pasado más de 30 días desde el fallecimiento del causante).

Para empresas:

  1. Ingresa el RUN del representante de la empresa funeraria.
  2. Selecciona la empresa por la cual solicitará el beneficio (cuando el representante legal se desempeñe en más de una funeraria).
  3. Pulsa en “Solicitud de asignación por muerte”.
  4. Digita el RUT del causante.
  5. Completa los datos requeridos y adjunta la documentación (factura original, copia de la cédula de identidad de la persona beneficiaria, cesión de derecho).