Segunda vuelta presidencial: revisa si te tocó ser vocal de mesa este domingo 14 de diciembre (y la multa si no vas)
Revisa si debes ser vocal de mesa para la segunda vuelta presidencial y las multas por no cumplir esta función.
La segunda vuelta de las Elecciones Presidenciales se desarrollará este domingo 14 de diciembre, donde Jeannette Jara (PC) y José Antonio Kast (Republicano) volverán a enfrentarse para definir quién asumirá la Presidencia de Chile. Como en cada jornada electoral, el rol de los vocales de mesa será esencial para asegurar un proceso transparente y ordenado.
Votación obligatoria y multas por no presentarse
Este proceso cuenta con sufragio obligatorio, por lo que la presencia de los vocales no solo es necesaria, sino también fiscalizada. Aquellos designados que no se presenten arriesgan sanciones establecidas por el Servicio Electoral (Servel).
De acuerdo con el organismo, la multa por incumplir esta obligación fluctúa entre 2 y 8 UTM, equivalentes a montos que van desde los $139.084 hasta $556.336.
¿Cómo revisar si fuiste designado vocal de mesa?
El Servel ya habilitó su plataforma de consulta para que cada elector pueda verificar su información. Para revisar si debes cumplir este rol, solo debes seguir estos pasos:
Pasos para consultar tu designación
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Ingresar al sitio oficial del Servel.
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Escribir tu RUT, marcar “No soy un robot” y presionar Consultar.
Una vez dentro, el sistema mostrará datos como tu circunscripción, distrito, local de votación, dirección, número de mesa y, en la sección “Designaciones”, si fuiste nombrado vocal de mesa o miembro del Colegio Escrutador.
¿Aún puedo excusarme de ser vocal de mesa?
El periodo para justificar la inasistencia terminó el miércoles 29 de octubre, por lo que quienes fueron designados deben presentarse en su mesa el día de la elección para evitar multas.
Causales válidas según la Ley 18.700
Las excusas que contempla la ley incluyen, entre otras:
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Tener más de 70 años.
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Encontrarse fuera del país o a más de 300 km sin comunicación expedita.
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Haber sido designado como miembro del Colegio Escrutador o estar inhabilitado.
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Embarazo.
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Ser padre o madre de un menor de dos años.
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Ser cuidador de personas con discapacidad, dependencia o adultos mayores.
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Presentar imposibilidad física o mental para ejercer el cargo.
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Cumplir funciones en establecimientos hospitalarios.