Atención pensionados: Confirman la edad necesaria para acceder al pago del Bono de Invierno 2026
Bono de Invierno 2026 entrega $81.257 a adultos mayores: revisa requisitos de edad y quiénes pueden recibir este aporte estatal.
Con la llegada del invierno, miles de personas mayores cuentan con un apoyo extra para enfrentar los gastos propios de la temporada. Se trata del Bono de Invierno, un aporte estatal que se paga una sola vez junto con la pensión del mes de mayo.
Este beneficio busca reforzar el presupuesto de los pensionados con menores ingresos y, según explica ChileAtiende, no está sujeto a descuentos ni cotizaciones.
¿En qué consiste el Bono de Invierno?
El Bono de Invierno corresponde a un pago único de $81.257, que se entrega completo junto a la pensión de mayo. No es imponible ni tributable, por lo que el monto llega íntegro a los beneficiarios.
Su finalidad es ayudar a cubrir gastos adicionales asociados al invierno, como calefacción, medicamentos o servicios básicos.
Requisito de edad para acceder al beneficio
El primer criterio que se debe cumplir es la edad.
Edad mínima exigida
Para recibir el Bono de Invierno, la persona debe tener 65 años o más al 1 de mayo de 2026. Sin cumplir este requisito, no es posible acceder al pago.
¿Quiénes pueden recibir el Bono de Invierno?
Además de la edad, los adultos mayores deben pertenecer a alguno de los grupos definidos por la normativa vigente.
Pensionados y beneficiarios habilitados
Pueden recibir el bono quienes se encuentren en alguna de estas situaciones:
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Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), ISL, Capredena, Dipreca o mutualidades de empleadores, siempre que el monto sea igual o inferior a la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más.
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Pensionados de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que reciban una Pensión Mínima con Garantía Estatal.
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Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU) que no reciban ninguna otra pensión.
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Personas que perciban una Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura, pensión de viudez de reparación o pensión no contributiva de exonerados políticos.
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Pensionados de cualquier régimen previsional que reciban APSV o PGU, siempre que su pensión base sea igual o inferior a la pensión mínima de vejez.
¿Quiénes no pueden acceder al bono?
El Bono de Invierno no se entrega a quienes reciben más de una pensión y cuya suma supere el valor de la pensión mínima de vejez. Tampoco corresponde a beneficiarios del Subsidio de Discapacidad para menores ni a quienes reciben la indemnización del carbón.