¡Platita extra en septiembre! Aguinaldo de Fiestas Patrias ya tiene montos: revisa si te corresponde y cuánto recibirás

Revisa los montos del aguinaldo 2026 para funcionarios públicos, pensionados y las reglas para el sector privado.

A poco más de un mes de las Fiestas Patrias, miles de trabajadores y pensionados se preparan para recibir el tradicional aguinaldo de septiembre. Para 2026, los montos ya fueron establecidos y varían según el tipo de beneficiario y, en el caso del sector público, la remuneración percibida.

¿Cuánto recibirán los funcionarios públicos?

La Ley 21.806, que reajustó las remuneraciones y beneficios del sector público, estableció dos tramos para el aguinaldo de Fiestas Patrias de este año.

El monto dependerá de la remuneración líquida que cada trabajador reciba durante agosto de 2026:

  • $91.682: para quienes tengan una remuneración líquida igual o inferior a $1.060.493.
  • $63.645: para quienes perciban una remuneración líquida superior a $1.060.493.

El beneficio alcanzará a los funcionarios de planta o a contrata que cumplan las condiciones establecidas por la normativa y se desempeñen en organismos públicos, servicios centralizados o descentralizados, municipalidades y otras instituciones incluidas en la ley.

¿Cuándo se entrega el dinero?

El aguinaldo se pagará automáticamente junto con la remuneración correspondiente a septiembre. Por lo tanto, quienes tengan derecho al aporte no deberán realizar una postulación o trámite adicional.

Aguinaldo para pensionados: monto base y pago por cargas

Las personas pensionadas que cumplan los requisitos recibirán un monto base de $25.280 durante septiembre.

A esta cantidad se sumarán $12.969 por cada carga familiar o maternal que se encuentre debidamente acreditada al 31 de agosto de 2026. El dinero se incluye automáticamente en el pago habitual de la pensión y no es imponible ni tributable.

¿Quiénes pueden recibir este beneficio?

El aporte está dirigido, entre otros grupos, a quienes al 31 de agosto sean beneficiarios de pensiones pagadas por:

  • El Instituto de Previsión Social (IPS).
  • El Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Antiguas cajas de previsión o el ex Servicio de Seguro Social.
  • Mutualidades de empleadores.
  • Dipreca o Capredena.
  • El sistema asociado a las leyes Rettig, Valech o de exonerados políticos.

También pueden acceder quienes reciban la Pensión Garantizada Universal, la Pensión Básica Solidaria de Invalidez, pensiones mínimas con Garantía Estatal o un Aporte Previsional Solidario, siempre que reúnan las condiciones legales correspondientes.

Cada persona puede recibir solamente un aguinaldo, incluso si es titular de más de una pensión, subsidio o indemnización.

¿Las empresas privadas están obligadas a pagar aguinaldo?

A diferencia de lo que ocurre en el sector público, las empresas privadas no tienen una obligación general de entregar este aporte.

La Dirección del Trabajo señala que “no es una obligación legal” pagar un aguinaldo en el sector privado. Sin embargo, el trabajador puede exigirlo cuando se encuentra incorporado en:

  • Su contrato individual de trabajo.
  • Un contrato o convenio colectivo.
  • Un acuerdo previo entre el empleador y sus trabajadores.

Cuando alguna de estas condiciones existe, el pago deja de depender de la voluntad de la empresa y debe respetarse según lo acordado.

ÚLTIMAS NOTICIAS

La referencia del sector privado durante 2025

Como antecedente, una encuesta elaborada por Randstad Chile estimó que el 63% de los trabajadores del sector privado recibiría un aguinaldo durante las Fiestas Patrias de 2025.

Entre quienes esperaban obtener el beneficio en dinero, el 42% señaló que recibiría más de $90.000; el 31%, entre $50.000 y $90.000; mientras que un 26% accedería a una cantidad inferior a $50.000. Estas cifras corresponden al sondeo del año pasado y no garantizan los montos que entregarán las empresas en 2026.