Minvu abrió postulación al Subsidio de Arriendo para adultos mayores y personas con discapacidad: revisa fechas, requisitos y cupos.
El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) anunció la apertura del llamado especial del Subsidio de Arriendo para personas mayores y personas con discapacidad, proceso que se llevará a cabo a nivel nacional entre el 8 de septiembre y el 8 de octubre de 2026 con un total de 3.270 cupos disponibles.
Cobertura y montos del beneficio habitacional
El programa contempla 3.000 cupos para adultos mayores y 270 para personas con discapacidad mayores de 18 años, entregando un aporte estatal con las siguientes condiciones:
- Cobertura del arriendo: Financia entre el 90% y el 95% del valor mensual del alquiler, por lo que el beneficiario solo realiza un copago de entre 5% y 10%.
- Monto total asignado: Hasta 213 Unidades de Fomento (UF) por postulante seleccionado.
- Duración: Cubre un período de 24 meses, utilizables de forma consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de hasta ocho años.
- Topes de arriendo mensual: Máximo de 11 UF para la mayoría del país, y hasta 13 UF en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Metropolitana, Aysén y Magallanes.
Requisitos clave para postular
A diferencia del subsidio de arriendo regular, este llamado especial flexibiliza varias condiciones para facilitar el acceso a los sectores más vulnerables:
- Estar dentro del 70% del Registro Social de Hogares (RSH).
- Acreditar un ingreso mínimo mensual de al menos 5 UF.
- No exige ahorro previo mínimo.
- No requiere estar arrendando al momento de enviar la solicitud.
- Permite la postulación unipersonal (personas solas sin declarar núcleo familiar).
- Otorga puntaje adicional por tramos de edad, grado de discapacidad y acreditación de personas cuidadoras en el Registro Nacional de Cuidados.
¿Cómo realizar el trámite?
La postulación se puede gestionar de forma 100% online en el sitio web oficial del Minvu utilizando ClaveÚnica, o de manera presencial en las oficinas regionales del Serviu a lo largo del país. Aquellas personas con dificultades de movilidad pueden autorizar a un tercero mediante un poder simple, sin necesidad de trámites notariales.

