Fondo de Cesantía Solidario: Te decimos cómo postular
Debe visitar el sitio web www.afc.cl/ y pinchar en la opción de “Sucursal virtual” para ingresar el RUT y Clave Única (también sirve la Clave AFC).
Es un beneficio que garantiza ayudas mínimas para los afiliados de la AFC y que se puede otorgar bajo dos escenarios:
- Cuando la persona no tiene recursos suficientes ahorrados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) al momento de quedar desempleado.
- Cuando la persona agotó todos los recursos ahorrados para financiarse con el Seguro de Cesantía.
Según explica ChileAtiende, además de un aporte estatal, existen dos maneras de financiamiento y ambas están a cargo del empleador.
Por ejemplo, si el trabajador estaba con contrato indefinido, la cotización es del 0,8 %; mientras que será de un 0,2 % si la modalidad era bajo contrato a plazo fijo, por obra o faena.
¿Quiénes pueden solicitar el Fondo de Cesantía Solidario?
Pueden acceder a los pagos las personas que cumplan con las siguientes condiciones:
- Estar cesante al momento de solicitarlo.
- Tener recursos insuficientes en su CIC para financiar los pagos mientras se encuentra sin empleo.
- Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario al menos en los 24 meses (dos años) anteriores al despido.
- Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y pertenecer al mismo empleador.
- El contrato de trabajo debe haber finalizado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Tener activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo, junto con aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que están disponibles en la plataforma.
¿Cómo acceder al beneficio y qué montos puedo recibir?
Debe visitar el sitio web www.afc.cl/ y pinchar en la opción de “Sucursal virtual” para ingresar el RUT y Clave Única (también sirve la Clave AFC).
Debe rellenar un formulario con sus datos personales e ingresar el finiquito o el documento que acredita estar en situación de cesantía.
El trámite también se puede realizar en las oficinas de la AFC, en donde se debe presentar la cédula de identidad vigente y el finiquito o documento que acredita la cesantía.
Los pagos mensuales del beneficio dependen de la modalidad del contrato de trabajo:
Contrato indefinido o de trabajador de casa particular
- Primer mes: el 70% de la remuneración (máximo de $727.967)
- Segundo mes: el 55% de la remuneración (máximo de $571.976)
- Tercer mes: el 45% (máximo de $467.978)
- Cuarto mes: el 40% (máximo de $415.982)
- Quinto mes: el 35% (máximo de $363.984)
- Sexto mes y siguientes: el 30% (máximo de $311.986)
Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado
- Primer mes: el 50% de la remuneración (máximo de $519.978)
- Segundo mes: el 40% de la remuneración (máximo de $415.982)
- Tercer mes: el 35% (máximo de $363.984)
- Cuarto y quinto mes: el 30% (máximo de $311.986)