Bono por Hijo: ¿Qué mamás pueden recibir el aporte y cuánto dinero entrega?

El Bono por Hijo se incorpora al monto de la pensión de la madre.

El Bono por Hijo es un beneficio económico otorgado a madres pensionadas, y su monto se determina en función de la fecha de nacimiento de los hijos. Este aporte se suma al monto de la pensión de la madre y no requiere un proceso de solicitud adicional.

Diferente a algunos otros bonos, no es necesario realizar un trámite de postulación para acceder al Bono por Hijo. En lugar de ello, el bono se incorpora al monto de la pensión de la madre. Contrario a una creencia común, no se entrega inmediatamente después del nacimiento del hijo.

¿Cómo se paga el bono para mujeres pensionadas?

La cantidad a recibir se calcula tomando como referencia el 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, los cuales están establecidos para trabajadores mayores de 18 y menores de 65 años. El cálculo es el siguiente:

  1. Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se utiliza el ingreso mínimo vigente en julio de 2009, que es de $165,000.
  2. Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, se toma el ingreso mínimo correspondiente al mes en que nació el hijo.

Es importante destacar que el bono también se otorga a la madre biológica en caso de adopción.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono por Hijo 2023?

Los requisitos para ser beneficiario del Bono por Hijo son los siguientes:

  1. Ser madre y tener al menos 65 años de edad.
  2. Residir en Chile durante un período de 20 años, ya sea de forma continua o discontinua. Se comienza a contar este período cuando la beneficiaria alcanza los 20 años de edad.
  3. Haber vivido en Chile durante al menos cuatro años en los cinco años previos a la solicitud del bono.

Además, es importante tener en cuenta ciertas consideraciones:

  • Para las madres que están afiliadas a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y comenzaron a recibir su pensión después del 1 de julio de 2009, el monto del Bono por Hijo podría afectar el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), ya que el bono incrementa el total de la pensión de vejez, lo que influye en el cálculo del APSV.
  • Para las madres pensionadas que reciben la Garantía Estatal, la AFP suspenderá la Garantía Estatal después de que se realice el depósito del bono en su cuenta de capitalización individual. Cuando los fondos generados por el Bono por Hijo se agoten y la cuenta individual quede sin saldo, las afiliadas pueden solicitar la reanudación de la Garantía Estatal. Se recomienda gestionar esta solicitud con anticipación para asegurar la continuidad del pago de la pensión.
  • Las madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU), que reemplazó a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) a partir del 1 de julio de 2009, también son elegibles para recibir el Bono por Hijo. En caso de que pierdan la PGU, pueden seguir recibiendo mensualmente el bono y ajustar el monto del bono a una PGU hasta que se agoten los fondos correspondientes.