El proyecto para declarar feriado el 17 de septiembre avanza en la Cámara, pero enfrenta plazos imposibles y una reserva de constitucionalidad. Los detalles.
¿Feriado el jueves 17 de septiembre? El proyecto que más avanza en el Congreso enfrenta una carrera contra el tiempo —y contra la Constitución— para convertirse en ley antes de Fiestas Patrias. Estas son las opciones reales de que la jornada se declare festiva en 2026.
¿Será feriado el 17 de septiembre? El proyecto que avanza contra el reloj
La iniciativa con mayor tramitación es el boletín 18.600-06, presentado el 12 de agosto por los diputados comunistas Marcos Barraza y Nathalie Castillo, junto a otros ocho parlamentarios. Busca declarar feriado nacional —excepcional y sin carácter irrenunciable— el jueves 17, generando un descanso de cuatro días junto al viernes 18 y sábado 19, feriados irrenunciables.
La Comisión de Gobierno Interior lo aprobó en general por 9 votos a favor y 4 en contra, y su discusión en particular quedó fijada para el miércoles 9 de septiembre, según consta en la programación oficial de la Cámara de Diputadas y Diputados.
No es la única: existen tres mociones declaradas admisibles —la del PC; una de Javier Olivares, que propone feriado permanente todos los 17 de septiembre; y otra de Zandra Parisi (PDG), solo para 2026—, pero todas las demás van varios pasos atrás.
El calendario mortal: solo quedan dos jornadas legislativas
Para convertirse en ley, el proyecto debe pasar la votación en particular en comisión, llegar a la Sala de la Cámara, completar su segundo trámite en el Senado y ser promulgado. Todo eso, antes del jueves 17.
El problema es que la semana previa a Fiestas Patrias tiene agenda reducida por la semana regional: solo habría martes y miércoles como jornadas legislativas disponibles. Fuentes del oficialismo y la oposición coinciden en que completar la tramitación dentro de ese plazo es prácticamente imposible.
La propia presidenta de la comisión, Joanna Pérez (Demócratas), lo admitió: los plazos hacen difícil que la iniciativa complete su camino, y su avance depende de la voluntad de la Cámara y del Ejecutivo.
La reserva de constitucionalidad: el obstáculo que puede matar el proyecto
Más allá del tiempo, hay un obstáculo jurídico mayor. El diputado Cristián Araya (Republicano) anunció una reserva de constitucionalidad, argumentando que la declaración de feriados es iniciativa exclusiva del Presidente de la República: si la Sala acoge ese reparo, el proyecto queda fuera antes de cualquier votación de fondo.
Los republicanos, además, no entregaron la unanimidad para extender el proyecto en la tabla de fácil despacho, y Araya fue categórico: “Este es un proyecto populista e irresponsable. Están jugando con las expectativas de millones de chilenos. Este proyecto no va a ser ley“.
La postura del Gobierno: “ya está normado”
El Ejecutivo mantiene su rechazo. El biministro del Interior y la Segegob, Claudio Alvarado, recordó que el sistema de feriados de septiembre fue resuelto por ley con un acuerdo transversal: el día adicional solo corresponde cuando el 18 cae domingo, lo que no ocurre este año.
“La condición de feriados para este año está absolutamente definida”, sentenció Alvarado, advirtiendo por las “múltiples consecuencias para el PIB”. La norma que regula estos casos es la ley que estableció el feriado adicional de Fiestas Patrias, aprobada en 2016 precisamente para terminar con la discusión anual.
Un matiz interno: la comisión había invitado al ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, a explicar el impacto económico de la medida, pero la autoridad se excusó por compromisos previos. Su ausencia fue criticada por los impulsores, que habían defendido el feriado como un impulso para el turismo, la gastronomía y las mipymes.
Entonces, ¿será feriado o no?
Por ahora, la respuesta es no: el jueves 17 de septiembre es un día hábil normal. Los únicos feriados de Fiestas Patrias 2026 son el viernes 18 y el sábado 19, ambos irrenunciables para el comercio.
Para que el escenario cambie, deberían alinearse casi milagrosamente la comisión, la Sala de la Cámara, el Senado, la promulgación y la superación de la reserva de constitucionalidad, todo en ocho días.

