Si estás sin trabajo: Estos son los bonos que pueden servirte - Central Noticia

Si estás sin trabajo: Estos son los bonos que pueden servirte

Al perder el empleo hay dos ítems claves a considerar: exigir el finiquito y regularizar la cobertura de salud.

Las personas cesantes pueden recibir varios beneficios que le ayudarán a enfrentar de mejor forma el período en que estén sin trabajo.

Al perder el empleo hay dos ítems claves a considerar: exigir el finiquito y regularizar la cobertura de salud.

¿Cuáles son los beneficios para cesantes?

Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía es de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), protege a los trabajadores dependientes con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicio, que estén regidos por el Código del Trabajo.

Los afiliados a la AFC tienen una Cuenta Individual de Cesantía en la que el empleador cotiza, mensualmente, el 3 % de la renta imponible del trabajador.

Puede retirar el dinero acumulado en su Seguro de Cesantía mediante giros mensuales según el porcentaje de remuneración.

Para acceder a ese dinero hay que cumplir ciertos requisitos y se debe realizar una solicitud.

El Seguro también se puede cobrar sin finiquito.

Fondo de Cesantía Solidario

Los afiliados a la AFC que no cuentan con recursos suficientes en su Cuenta Individual por Cesantía al momento de perder su trabajo y quienes hayan agotado sus fondos del Seguro de Cesantía; pueden acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS).

Para recibir los pagos las personas deben: estar cesantes, tener recursos insuficientes en su Cuenta Individual de Cesantía, contar con 12 cotizaciones pagadas en el FCS en los 24 meses anteriores al despido y sus tres últimas cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador.

El contrato debe haber terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio; y deben activar una cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.

Subsidio de Cesantía

Los cesantes que no puedan acceder al Seguro de Cesantía, tienen la posibilidad de optar al Subsidio de Cesantía, es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Se recibe por un período máximo de 360 días, que da derecho a asistencia médica gratuita, recibir la Asignación Familiar y/o Maternal, y a la Asignación por Muerte.

Debe ser solicitado ante la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (IPS o caja de compensación), que también será la encargada de su pago.

Cuenta de ahorro de indemnización

Los cesantes pueden cobrar una indemnización por término de contrato que complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicios y a la cobertura del Seguro de Cesantía.

Este dinero se puede cobrar en la AFP, presentando los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo.

Esta cuenta de indemnización sustitutiva es personal y totalmente independiente de la cuenta de capitalización individual y de la cuenta de ahorro voluntario.

Bolsa Nacional de Empleo

Las personas que estén cesantes pueden utilizar la plataforma en línea de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE) para buscar trabajo.

La inscripción es gratuita y la puede realizar cualquier persona mayor de 18 años.

Estar inscrito en la BNE es requisito para recibir los beneficios del Fondo de Cesantía Solidario y así probar que realmente se está buscando trabajo.

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