Conoce los vehículos que NO deben cumplir con el grabado de patente según la nueva ley

El nuevo reglamento en Chile establece los vehículos deben tener el grabado de patente en vidrios y espejos, salvo algunas excepciones.

grabado de patente

Recientemente, se ha publicado el reglamento definitivo que establece las normas para el grabado de patentes en los vidrios y espejos de vehículos en Chile.

Esta normativa, que modifica la Ley de Tránsito, tiene como objetivo mejorar la seguridad vial y prevenir la venta de vehículos robados.

Detalles de la Ley N° 21.601

La Ley N° 21.601 estipula que es obligatorio “marcar los números de la placa patente y el número de chasis en vidrios y espejos de todos los vehículos motorizados que circulen en el país, incluyendo los cuatro vidrios laterales, parabrisas, luneta trasera y espejos”. Sin embargo, existen excepciones para ciertos vehículos.

Exenciones al Grabado de Patentes

Según ChileAtiende, los vehículos exentos de esta obligación son:

  • Automóviles de establecimientos comerciales con autorización municipal.
  • Vehículos extranjeros en tránsito temporal (cumpliendo requisitos legales).
  • Vehículos nuevos con peso vehicular igual o superior a 3.860 kilogramos, diseñados para desplazarse únicamente por sus propios medios y con fines de traslado.
  • Vehículos de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile destinados a uso policial o militar.
  • Vehículos motorizados antiguos o históricos, reconocidos por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, con más de 40 años de antigüedad y conservados en su estado original.

Si tu vehículo no pertenece a estas categorías, deberás realizar el grabado de patente obligatoriamente antes del plazo establecido.

Plazos para el Grabado de Patente

El reglamento se publicó el 14 de mayo de 2024, y los plazos para cumplir con la ley son:

  • Vehículos nuevos a partir del 15 de agosto de 2024: Tienen hasta el 14 de septiembre de 2024 para grabar sus vidrios. Las automotoras deben entregar los vehículos con las patentes ya grabadas desde esa fecha.
  • Vehículos comercializados antes del 14 de agosto de 2024: Tienen hasta el 14 de mayo de 2025 para realizar el grabado.

Multas por Incumplimiento

No realizar el grabado de patente dentro del plazo puede resultar en una multa de entre 1 a 1,5 UTM (aproximadamente entre $65.443 y $98.164, según el valor de mayo de 2024).

La fiscalización se llevará a cabo durante las revisiones técnicas y a través de controles realizados por Carabineros, inspectores fiscales y municipales.

Especificaciones del Grabado de Patente

El Ministerio de Transportes especifica que el grabado debe ser permanente, implicando un desgaste en el vidrio y el espejo. Puede realizarse mediante técnicas como arenado, tallado o ácido. Las letras y dígitos deben tener entre 7 y 10 milímetros de altura en los vidrios, y entre 5 y 10 milímetros en los espejos laterales. Deben ser legibles, en mayúscula y formato normal.

Para más detalles sobre la ubicación del grabado en los diferentes componentes del vehículo, puedes consultar la normativa completa [aquí].