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Impactante fallo: panadero que mató a asaltante deberá pagar $20 millones a los padres del delincuente

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publicado: 09.12.2025
panadero

Corte Suprema confirma indemnización de $20 millones contra panadero y su hijo por muerte de joven asaltante.

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La Corte Suprema cerró definitivamente el proceso judicial por la muerte de un joven que falleció tras ser herido por un comerciante y su hijo, luego de un asalto a una panadería. El máximo tribunal confirmó que ambos deberán pagar una indemnización de $20.000.000 a los padres del fallecido, rechazando el recurso de casación presentado por la defensa.

Cómo ocurrieron los hechos investigados

El caso se originó luego de un robo al local comercial, instancia en la que los dueños iniciaron una persecución contra el asaltante. El proceso judicial acreditó que el joven no murió en un contexto de legítima defensa inmediata, sino durante una acción posterior en la que fue atacado mientras intentaba huir.

Los antecedentes indican que recibió un disparo y heridas provocadas con un florete, un arma blanca similar a una espada.

Lo que determinó la Corte Suprema

La Primera Sala del máximo tribunal —compuesta por los ministros Arturo Prado, Mauricio Silva, María Angélica Repetto, Mario Carroza y el abogado integrante Álvaro Vidal— desechó los argumentos de la defensa, concluyendo que los jueces ya habían establecido de manera correcta la existencia de una “acción dolosa” por parte de los demandados.

Por qué no prosperó el recurso de casación

El fallo recuerda que la casación no permite revisar nuevamente la dinámica de los hechos, sino únicamente verificar si la ley fue bien aplicada. En este caso, la Corte determinó que no hubo errores jurídicos en la evaluación de las pruebas, por lo que los hechos probados son considerados “inamovibles” y la sentencia debe mantenerse firme.

La indemnización por daño moral

El monto definido —$20 millones— corresponde a la compensación por daño moral dirigida a los padres del joven fallecido. La justicia sostuvo que, si bien la víctima cometió un delito inicial, la reacción de los comerciantes excedió los márgenes legales, convirtiéndose en un acto ilícito que causó un “perjuicio extrapatrimonial” a su familia.

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Cierre definitivo del caso

Con esta resolución, que contó con el voto en contra del ministro Prado Puga, la vía judicial queda completamente agotada. Así, tanto el dueño de la panadería como su hijo deberán cumplir con la indemnización ordenada previamente por la Corte de Apelaciones de Santiago el 31 de julio de 2024.

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