Pensión anticipada de AFP por enfermedad terminal: ¿En que consiste y quiénes pueden acceder a este beneficio?

La AFP reservará el capital necesario para pagar las pensiones de sobrevivencia y la cuota mortuoria cuando corresponda.

Ley N° 21.309, vigente desde el 1 julio del pasado año, permite que las personas con enfermedades terminales puedan acceder a una pensión anticipada y al retiro de sus ahorros previsionales de las AFP.

¿En qué consiste la pensión anticipada?

Quienes califiquen para el beneficio tendrán derecho a percibir una pensión anticipada (llamada renta temporal), la cual será calculada con el saldo que tiene en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias como una pensión por un período de 12 meses.

De igual forma, la AFP reservará el capital necesario para pagar las pensiones de sobrevivencia y la cuota mortuoria cuando corresponda.

La ley también permite que el afiliado pueda solicitar reducir la renta temporal hasta el valor de la Pensión Básica Solidaria (actual PGU) vigente para mayores de 80 años y, en este caso, la diferencia podrá ser retirada como excedente de libre disposición (ELD), acota Meganoticias.

¿Quiénes pueden acceder a la pensión anticipada?

Agrega el citado medio que a esta pensión anticipada pueden acceder las personas que estén en condición de enfermo terminal y que cumplan algunas de las siguientes condiciones:

  • Sean afiliados a las AFP.
  • Sean pensionados por vejez, vejez anticipada, invalidez o sobrevivencia que se encuentren pensionados en las modalidades de retiro programado, retiro programado con renta vitalicia inmediata y renta temporal con renta vitalicia diferida. En los dos últimos casos, se podrá siempre que estén recibiendo la renta temporal o el retiro programado, incluidos los pensionados por la Ley N° 16.744.

Además, se señala que como persona en condición de enfermo terminal se entiende a todos quienes tengan una enfermedad o condición patológica grave que haya sido diagnosticada, de carácter progresivo e irreversible, sin tratamiento específico curativo o que permita modificar su sobrevida.

Asimismo, califican los casos de pacientes en que todos los recursos terapéuticos utilizados hayan dejado de ser eficaces y su expectativa de vida sea menor a 12 meses.