IFE Laboral: ¿Puedo recibir un cuarto pago si ya recibí tres anteriores? - Central Noticia

IFE Laboral: ¿Puedo recibir un cuarto pago si ya recibí tres anteriores?

Los trabajadores y trabajadoras que postulen exitosamente al IFE Laboral hasta el 31 de julio de 2022, tendrán derecho a recibir hasta tres meses de pago, siempre que permanezcan empleados y cumplan con las condiciones del beneficio.

El IFE Laboral está dirigido a los trabajadores que hayan firmado un nuevo contrato de trabajo.

Se entrega por un periodo máximo de tres meses.

Este mes, el aporte tuvo importantes modificaciones en cuanto a los requisitos de postulación y al aumento en los montos, el cual comenzará a entregar un máximo de $300.000.

¿Cuáles son los requisitos del IFE Laboral?

Durante este mes, las postulaciones están exclusivamente destinadas a los trabajadores que firmen un nuevo contrato desde el 1 al 31 de julio de 2022.

De ese modo, para postular en julio al IFE Laboral hay que cumplir con los siguientes requisitos.

  • Haber firmado un nuevo contrato de trabajo en el mes en curso, es decir, entre el 1 y 31 de julio.
  • Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.140.000)
  • Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.

Las postulaciones de julio se pueden realizar durante todo el mes en el sitio www.subsidioalempleo.cl/IFELaboral/, ingresando con RUT y Clave Única.

¿Puedo recibir un cuarto pago del IFE si ya recibí los tres primeros?

Los trabajadores y trabajadoras que postulen exitosamente al IFE Laboral hasta el 31 de julio de 2022, tendrán derecho a recibir hasta tres meses de pago, siempre que permanezcan empleados y cumplan con las condiciones del beneficio.

Quienes postulen al IFE Laboral en agosto y septiembre de 2022, tendrán derecho a recibir hasta dos y un mes de pago, respectivamente, siempre que mantengan el empleo y cumplan con las condiciones del beneficio. Por lo que en ningún caso los beneficiarios podrán recibir un cuarto pago.

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