IFE Laboral: ¿Ya sabes cómo postular a este beneficio? - Central Noticia

IFE Laboral: ¿Ya sabes cómo postular a este beneficio?

IFE Laboral
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Se entrega por un periodo de tres meses a quienes cumplan con los requisitos establecidos en la ley, entre ellos, no recibir un ingreso bruto mensual de $1.200.000.

El IFE Laboral lo dirige el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) y está dirigido a los trabajadores que hayan firmado un nuevo contrato de trabajo.

Se entrega por un periodo de tres meses a quienes cumplan con los requisitos establecidos en la ley, entre ellos, no recibir un ingreso bruto mensual de $1.200.000.

Otorga $100 mil o $300 mil mensuales a cada beneficiario, dependerá de ciertas características del postulante.

Consulta con tu RUT y Clave Única si puedes ser beneficiario del IFE Laboral

Quienes deseen conocer si podrán recibir los tres pagos mensuales de este beneficio deberán cumplir as siguientes indicaciones:

  • Ingresa a la página oficial del Sence sobre el IFE Laboral y presiona en “Iniciar Sesión”.
  • Digita tu RUT y Clave Única.
  • Selecciona “Tu Cuenta”.
  • La plataforma mostrará el historial de solicitudes que has realizado durante este año.
  • Si en el estado de tu postulación dice “Concedido”, significa que eres uno de los beneficiarios y que podrás recibir tu pago a partir del próximo 7 de diciembre.
  • Si tu postulación es “Rechazada”, puedes seleccionar la opción “Ver detalle e historial de cambios”, en este se indicará el motivo por el cual no podrás recibir los pagos de este bono.

¿Qué trabajadores pueden postular al IFE Laboral?

Para acceder a este beneficio los solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación).
  • Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a tres Ingresos Mínimos Mensuales ($1.200.000)
  • Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.

No podrán acceder al IFE Laboral:

  • Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.
  • Quienes estén gozando de licencia médica (incluye pre y posnatal) al momento de su postulación.
  • Las personas que ya hayan recibido el beneficio por una postulación previa.
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