¿Puedo cobrar el Subsidio Familiar? Averigua ACÁ - Central Noticia

¿Puedo cobrar el Subsidio Familiar? Averigua ACÁ

El monto que entrega es de $16.418 pesos.

El Subsidio Familiar o Subsidio Único Familiar (SUF) lo reciben las familias que se encuentren dentro del 60 % del Registro Social de Hogares, se paga mensualmente durante tres años.

¿Cómo saber si recibo el Subsidio Familiar?

Para conocer si eres beneficiario puedes ingresar AQUÍ con tu RUT, la plataforma te informará la fecha y forma de pago del beneficio en caso de que te corresponda el beneficio.

El monto que entrega es de $16.418 pesos, pero el monto que se entrega a las personas con discapacidad es de $32.836 pesos.

¿Quiénes reciben el beneficio?

Las siguientes personas y en este orden de prioridad pueden recibir el SUF:

  • Padres.
  • Madres.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Embarazadas (como Subsidio Maternal).

Reciben el SUF los familiares que vivan a expensas de la persona que resulte beneficiaria:

  • Menores de edad que participen de los programas de salud establecidos por el Minsal.
  • Causante con discapacidad intelectual de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.

¿Cómo solicitar el Subsidio Único Familiar?

Para solicitarlo se debe ir directamente a la municipalidad correspondiente al domicilio, el municipio es el que se encarga de comprobar la calidad del beneficiario y la existencia de los requisitos y antecedentes.

Para hacerlo se deben presentar los siguientes documentos:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor.
  • Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
  • Acreditar la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.
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