Asignación Familiar: Así puedes ver la fecha de pago - Central Noticia

Asignación Familiar: Así puedes ver la fecha de pago

Los montos que entrega este beneficio dependerá del sueldo que reciba cada beneficiario.

La Asignación Familiar se paga anual y mensualmente, destinado a pensionados, trabajadores dependientes afiliados a un sistema previsional y trabajadores independientes.

Los montos que entrega este beneficio dependerá del sueldo que reciba cada beneficiario, además de si la persona puede o no sustentarse económicamente.

No es compatible con otros como el Subsidio Único Familiar, ni tampoco con la Pensión Garantizada Universal y el Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años.

Revisa cuál es la fecha de pago de la Asignación Familiar

Se entrega dependiendo del tipo de beneficiario que eres, de la siguiente forma:

  • Trabajadores dependientes: es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.
  • Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: se paga en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
  • Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: se entrega cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.
  • Pensionados: paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
  • Subsidiados por cesantía: se paga junto al subsidio.

Si no sabes cuándo recibirás tu pago, puedes revisarlo a través del sitio web de Chile Atiende, solo ingresando tu RUT. La página te indicará inmediatamente la información requerida.

¿Cuáles son los montos que entrega el Subsidio Familiar?

La cantidad de dinero que recibirá cada beneficiario dependerá del ingreso mínimo mensual que perciban. De esta forma, los montos alcanzan hasta los $16.418.

Revisa la tabla con el detalle:

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la Asignación Familiar?

Quienes deseen solicitar este bono, deben cumplir con al menos uno de estos requisitos:

  • Trabajadores dependientes sector público y privado.
  • Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplará entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
  • Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
  • Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Pensionados de cualquier régimen.
  • Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
  • Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
  • Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
  • Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
  • Los beneficiarios del Subsidio de discapacidad para menores de 18 años. No obstante, solo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.
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