Desvelando el misterio: ¿Por qué algunas personas reciben mayores pensiones en mayo?

Los pensionados en Chile que son beneficiarios del Bono Invierno verán un aumento en el monto total de su pensión, ya que recibirán el pago de este bono junto con su pensión correspondiente al mes de mayo.

Los pensionados en Chile tienen la posibilidad de acceder a varios beneficios proporcionados por el Estado. Uno de ellos es la Pensión Garantizada Universal, la cual garantiza un monto máximo de $206.173. Este beneficio está dirigido a personas que cumplen con los requisitos establecidos por el Instituto de Previsión Social (IPS).

El motivo por el que algunas personas reciben más dinero en la pensión de mayo

Los pensionados que son beneficiarios del Bono Invierno en Chile recibirán el pago de este bono junto con su pensión correspondiente al mes de mayo, lo que resultará en un incremento en el monto total de su pensión.

Es importante recordar que el Bono Invierno de este año tiene un monto fijo de $74.767. Este beneficio no se considera como ingreso tributable ni imponible, y además no está sujeto a descuentos. De esta manera, los beneficiarios recibirán el monto completo sin retenciones ni impuestos adicionales.

Para saber la fecha en que se paga la PGU puedes ingresar AQUÍ con tu RUT, de esta forma podrás saber el día y el método de pago.

¿Cuáles son los requisitos del Bono Invierno 2023?

  • Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
    – Instituto de Previsión Social.
    – Instituto de Seguridad Laboral.
    – Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
    – Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.