¿Te llegó el bono? Descubre cómo asegurarte de que te pagaron el bono para trabajadores

Si no has recibido el pago del bono para trabajadores y consideras que cumples con todos los requisitos, puedes iniciar un proceso de apelación.

El 7 de agosto se efectuó el último desembolso del IFE Laboral, el bono para trabajadores que se entregó de manera mensual desde noviembre del año anterior.

¿Cómo verificar si se ha recibido el pago del IFE?

Para averiguar si eres beneficiario y si se ha realizado el depósito correspondiente al mes de agosto del IFE Laboral, es necesario acceder AQUÍ e ingresar con la Clave Única. Al ingresar, debes hacer clic en “Tu Cuenta”, y el sistema mostrará si se ha realizado el depósito.

¿Cuál es la cuantía del bono?

La cuantía del IFE Laboral varía de la siguiente manera:

Hombres entre 24 y 55 años:

  • Para periodos de remuneración entre julio de 2022 y marzo de 2023: 25 % de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con un tope de $100.000 mensuales.

Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad con certificación y asignatarios de pensión de invalidez:

  • Para periodos de remuneración entre julio de 2022 y junio de 2023: 60 % de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con un tope de $300.000 mensuales.

¿Cómo presentar una apelación al IFE Laboral?

Si no has recibido el pago del bono para trabajadores y consideras que cumples con todos los requisitos, puedes iniciar un proceso de apelación ingresando a este ENLACE y posteriormente seleccionando “Buzón Ciudadano” para efectuar el reclamo.

  • Si la razón del rechazo del pago se debe a que tus cotizaciones no han sido declaradas, selecciona IFE Laboral Apoya (problema de pago relacionado con cotizaciones).
  • Si la razón del rechazo del pago es por un error en el RUT del Empleador, selecciona IFE Laboral Apoya (problemas RUT empleador).

Al acceder al Buzón Ciudadano, deberás adjuntar los siguientes documentos:

  • Copia del contrato de trabajo firmado.
  • Certificado de remuneraciones imponibles de los últimos 12 meses.
  • Certificados de los últimos 12 meses de cotizaciones de salud (Fonasa o Isapre) y pensión (AFP).