¿Tienes Cuenta RUT? Revisa si tu familia puede cobrar importante bono

La Cuenta RUT apoya la entrega de diversos bonos y beneficios estadales.

A partir del 1 de mayo, se inició la entrega del Bolsillo Familiar Electrónico, una iniciativa diseñada para reemplazar el Bono Canasta Básica.

Este aporte mensual, que asciende a $13.500 por beneficiario, tiene como objetivo brindar apoyo en la mitigación del aumento en el costo de los alimentos. Forma parte de las medidas contempladas en el Plan de Seguridad Económica del Gobierno.

El próximo desembolso del Bolsillo Familiar Electrónico está programado para el viernes 1 de septiembre.

Es relevante destacar que durante el período comprendido entre mayo y agosto de 2023, se tomaron en cuenta las listas de personas beneficiarias y causantes del Subsidio Familiar (SUF) y de la Asignación Familiar (AFAM), según el estado registrado al 31 de diciembre de 2022.

Cambios en el sistema del Bolsillo Familiar Electrónico

Sin embargo, a partir de septiembre hasta diciembre de 2023, las nóminas que se tendrán en consideración corresponden al 30 de abril de 2023.

En otras palabras, serán beneficiarias las familias que cumplan con las mismas condiciones previas, pero que cuenten con causantes de los mencionados subsidios o sean usuarios de los subsistemas “Seguridades y Oportunidades” o “Chile Solidario”, a la fecha del 30 de abril de 2023.

Bolsillo Electrónico Familiar

¿A quién va dirigido el Bolsillo Familiar Electrónico?

  • Causantes de la Asignación Familiar y de la Asignación Maternal, del Sistema Único de Prestaciones Familiares.
  • Causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Causantes de las familias usuarias del subsistema Seguridades y Oportunidades y las familias, pertenecientes al subsistema Chile Solidario.

¿Quienes del subsistema Seguridades y Oportunidades y las familias pueden optar al beneficio?

  • Persona con discapacidad, debidamente acreditada conforme con la calificación y certificación establecida en el artículo 13 de la Ley Nº 20.422.
  • Estudiante con necesidades educativas especiales de carácter permanente que participe del Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación.
  • Estudiante matriculado en establecimiento educacional con modalidad de educación especial, reconocido por el Ministerio de Educación.
  • Estudiante de 18 años a 24 años con 11 meses.
  • Menores de 18 años de edad.

Importante: “causante” es la persona por la cual se paga el beneficio; por ejemplo, a quienes se denomina habitualmente cargas familiares.