El aguinaldo en Chile: ¿Es un deber pagarlo? Conoce a quiénes les corresponde

El Aguinaldo de Fiestas Patrias 2023 beneficia principalmente a empleados públicos y ciertos grupos de pensionados.

Fiestas Patrias

En el mes de septiembre, diversos empleados y pensionados en nuestro país reciben el Aguinaldo de Fiestas Patrias. Esta prestación tiene como objetivo asistir en los gastos comunes para el 18 de septiembre. No obstante, no todos son elegibles para este bono. Aquí detallamos a quiénes les corresponde.

¿Qué empleados tienen derecho a Aguinaldo de Fiestas Patrias obligatorio?

Solo ciertos trabajadores en el país son beneficiarios del Aguinaldo de Fiestas Patrias 2023. Específicamente, los empleados del sector público en puestos de planta o a contrata que laboren en las siguientes entidades tendrán derecho al bono:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos educativos privados financiados por el Estado.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Instituciones de educación preescolar subvencionadas por la JUNJI.
  • Centros de Educación Técnico Profesional.
  • Departamentos de la Administración del Estado transferidos a municipios.
  • Entidades reconocidas como colaboradoras del Sename o su entidad sucesora
  • Tribunales fiscales y aduaneros.
  • Personal de compañías estatales que no participan en negociaciones colectivas.
  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.

Para información detallada sobre los funcionarios que recibirán el Aguinaldo, puedes ver AQUÍ en los artículos 2, 3, 5 y 6 de la Ley 21.405. Además, puedes saber cuándo se efectuará el pago en este ENLACE.

¿Los empleados del sector privado reciben el Aguinaldo de Fiestas Patrias?

El sector privado no está legalmente obligado a conceder el Aguinaldo de Fiestas Patrias, pero hay tres situaciones donde sí deben hacerlo:

  • Si está estipulado en el contrato de trabajo o un anexo del mismo.
  • Si un convenio colectivo incluye el aguinaldo como cláusula.
  • Si se ha otorgado de manera recurrente en el pasado sin haberlo estipulado, creando una “cláusula tácita” o “derecho adquirido”.

Aunque no sea un requisito legal, los empleadores pueden optar por dar algún tipo de aguinaldo, incluso ofrecer una canasta de alimentos o una tarjeta de regalo.

¿Qué pensionados son elegibles para el Aguinaldo de Fiestas Patrias?

Los siguientes grupos de adultos mayores recibirán el Aguinaldo de Fiestas Patrias, con el IPS encargado de la distribución:

  • Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) con Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados bajo las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
  • Pensionados de Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
  • Pensionados de antiguas cajas de previsión y del antiguo Servicio de Seguro Social (INP, ahora IPS).
  • Pensionados de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
  • Pensionados de AFP o aseguradoras que a 31 de agosto de 2022 también reciben PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios del Subsidio de Discapacidad.

Para detalles sobre el importe y la fecha de pago del Aguinaldo, consulta en este SITIO.