No llegó el aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Qué puedo hacer?

Los empleadores del sector privado no tienen una obligación legal de entregar el Aguinaldo de Fiestas Patrias.

Se aproximan las celebraciones de Fiestas Patrias en Chile, un momento esperado por muchas personas no solo por su significado cultural, sino también por el factor económico que involucra: el aguinaldo del 18 de septiembre, un aporte adicional que se suma a las liquidaciones de pago mensuales de los trabajadores.

Este aguinaldo está regulado por la Ley de Reajustes y su marco legal se encuentra en el artículo 10 del Código del Trabajo. En el sector público, este beneficio es obligatorio por ley y se extiende tanto a funcionarios de planta como a contratados, incluso aquellos que ya se han jubilado.

Sin embargo, en el caso de los trabajadores del sector privado, es importante tener en cuenta que los empleadores no tienen una obligación legal de entregar este aguinaldo, aunque actualmente se está discutiendo esta cuestión en la Comisión del Trabajo.

Un aspecto relevante es que este beneficio puede representar un costo significativo para los empleadores, y en un contexto de crisis económica y alta inflación en el país, algunos podrían optar por no entregarlo este año o reducir su monto. Esto plantea la pregunta de qué hacer en caso de que no se reciba el aguinaldo.

¿Cuáles son las acciones a seguir si no se recibe el aguinaldo de Fiestas Patrias?

El contador y CEO de BUFA, Andrés González Meza, explicó que “el Aguinaldo de Fiestas Patrias es un gesto de agradecimiento de la empresa hacia sus trabajadores por su dedicación durante los primeros nueve meses del año y un incentivo adicional para cerrar el año de manera positiva”.

Es importante destacar que, aunque la entrega inicial de este aguinaldo no sea obligatoria en el sector privado, una vez que una empresa lo ha proporcionado de manera constante o lo ha establecido en acuerdos sindicales o contratos, se convierte en una obligación para la empresa.

Desde la perspectiva legal, este aguinaldo se considera parte de la renta del trabajador, lo que significa que puede utilizarlo a su discreción, a diferencia de otros beneficios que tienen un uso específico, como los estipendios para movilización o alimentación.

Si un trabajador siente que se están incumpliendo los términos del contrato o que sus derechos están siendo vulnerados, puede acudir a la Dirección del Trabajo para presentar una queja y buscar una solución adecuada.

Según información proporcionada por la Dirección del Trabajo (DT), la entrega del aguinaldo es una obligación para todos los empleadores que lo hayan otorgado en años anteriores, incluso si no está especificado en contratos individuales o colectivos. Si un empleado se enfrenta a una negativa por parte de su empleador, puede denunciarlo ante la Inspección del Trabajo, y la entidad puede llevar a cabo una fiscalización de la empresa infractora, lo que podría resultar en multas para el empleador.