Bonos para cesantes que puedes cobrar hoy 5 de Octubre: Revisa con tu RUT

Los beneficios para cesantes tienen sus propios requisitos y condiciones.

Según los últimos datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), aproximadamente el 8,77% de la población chilena se encuentra desempleada, lo que representa una situación desafiante para muchos individuos.

Para ayudar a quienes se encuentran en esta situación, el Estado ofrece una serie de bonos y beneficios que pueden ser de gran ayuda durante estos momentos difíciles.

Aquí te explicamos cuáles son estos beneficios para cesantes y los requisitos necesarios para acceder a ellos en 2023.

Seguro de Cesantía: Este beneficio se otorga a los trabajadores que están afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y que tenían una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Para calificar, es necesario cumplir con ciertos requisitos, como acreditar la cesantía a través del finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.

Además, se requieren diferentes cotizaciones según el tipo de contrato (indefinido, a plazo fijo, obra o servicio determinado) y se pueden realizar retiros mensuales de acuerdo con el sueldo recibido en los últimos 12 meses.

Fondo de Cesantía Solidario: Este bono se brinda a personas cesantes que no tienen recursos suficientes en su seguro de cesantía o han agotado sus fondos y aún no han encontrado trabajo. Los requisitos incluyen seguir cesante al momento de la postulación, no tener suficientes fondos en el seguro de cesantía, contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario en los últimos 24 meses, tener las últimas tres cotizaciones continuas con el mismo empleador y haber firmado un contrato que haya terminado por diversas razones.

Este beneficio se otorga durante un período de cinco meses para contratos indefinidos y tres meses para contratos a plazo fijo.

Subsidio de Cesantía: El Subsidio de Cesantía es una opción para aquellos que no califican para el seguro de cesantía y se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPS).

Para acceder a este beneficio, se deben cumplir ciertos requisitos, como tener al menos 12 meses de imposiciones en cualquier régimen previsional en los dos años anteriores a la fecha de la cesantía, estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente y en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación, haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador y haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002. Este subsidio puede entregarse durante un máximo de 360 días.

Indemnización por Término de Contrato: Este beneficio se refiere a una indemnización por término de contrato que reemplaza o complementa la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía. Se puede acordar con el empleador después de completar siete años de relación laboral con la empresa. Esta indemnización permite el retiro de dinero sin importar la causa de la cesantía.

Es importante destacar que cada uno de estos beneficios tiene sus propios requisitos y condiciones, por lo que es esencial comprenderlos y cumplir con los criterios específicos para acceder a la asistencia financiera que ofrecen.