Bonos para cesantes que puedes recibir hoy 8 de Octubre: Revisa con tu RUT

El Estado ofrece una serie de bonos y beneficios para ayudar a quienes están cesantes durante estos momentos complicados.

Perder el empleo es una situación desafiante, especialmente en tiempos difíciles como los actuales. Según los datos más recientes del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), alrededor del 9% de la población en Chile se encuentra desempleada en la actualidad.

Afortunadamente, el Estado ofrece una serie de bonos y beneficios para ayudar a quienes están cesantes durante estos momentos complicados. A continuación, detallamos cuatro de estos beneficios y los requisitos para acceder a ellos:

Seguro de Cesantía

Este beneficio está dirigido a trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que tenían una Cuenta Individual de Cesantía (CIC).

Para calificar, deben tener un contrato y cumplir con los siguientes requisitos:

– Acreditar la cesantía mediante finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
– Tener un contrato indefinido o de trabajador de casa particular con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes de la terminación del contrato laboral.
– En caso de contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado, se requieren 6 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
– Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro.
– Los montos se retiran en giros mensuales, y la cantidad depende del sueldo recibido en los últimos 12 meses.

Fondo de Cesantía Solidario

Este bono se utiliza si la persona cesante no tiene suficientes recursos en el seguro de cesantía o ha agotado su dinero sin encontrar trabajo.

Los requisitos incluyen:

– Permanecer desempleado en el momento de la solicitud.
– No tener fondos suficientes en el seguro de cesantía para financiar un beneficio de acuerdo con la ley.
– Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido.
– Las últimas tres cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
– Dejar activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece.

Subsidio de Cesantía

Este subsidio es para quienes no cumplen los requisitos del seguro de cesantía y se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPS).

Para calificar, deben cumplir con lo siguiente:

– Tener al menos 12 meses (52 semanas) continuos o discontinuos de imposiciones en cualquier régimen previsional dentro de los dos años previos al cese laboral.
– Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente a su lugar de residencia.
– Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
– Haber perdido el empleo por causas ajenas a su voluntad.
– Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002.

Indemnización por Término de Contrato

Esta indemnización reemplaza o complementa la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía. Los trabajadores pueden acordar esta opción con su empleador al cumplir el séptimo año de relación laboral, sustituyendo la indemnización legal por una indemnización a todo evento, lo que permite el cobro del dinero en caso de cese laboral, independientemente de la causa.

En tiempos de incertidumbre laboral, estos beneficios y bonos pueden ser un salvavidas para quienes enfrentan el desempleo. Es fundamental conocer los requisitos y opciones disponibles para obtener el apoyo necesario en momentos difíciles.