¿Sin trabajo? Descubre quiénes pueden acceder a este subsidio que ayuda con dinero
Este subsidio es administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS).
Las personas que se encuentran desempleadas tienen la posibilidad de acceder a diversos beneficios económicos del Estado, entre ellos el Subsidio de Cesantía, que proporciona un monto mensual a aquellos que se encuentran sin empleo por un período máximo de 360 días.
Este subsidio es administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o por las diferentes cajas de compensación, en contraste con el Seguro de Cesantía.
Quienes califican para este beneficio pasan a formar parte de los beneficiarios de la Asignación Familiar y/o Maternal, o de la Asignación por Muerte, y también tienen derecho a asistencia médica gratuita.
¿Quiénes pueden acceder al Subsidio de Cesantía?
Las personas trabajadoras desempleadas que cumplen con los siguientes requisitos pueden solicitar el Subsidio de Cesantía:
1. Deben tener al menos 12 meses (52 semanas) de cotizaciones continuas o discontinuas en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cese de empleo.
2. Deben estar inscritas en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente a su lugar de residencia.
3. Deben estar registradas en el registro de cesantes del IPS o de la caja de compensación a la que pertenecen.
4. Deben haber perdido su empleo debido a causas ajenas a su voluntad.
5. Deben haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002. En caso de haber firmado el contrato después de esa fecha, el trabajador desempleado puede acogerse al régimen del seguro de cesantía administrado por la AFC.
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¿Cómo solicitar el Subsidio de Cesantía?
Para solicitar este subsidio, las personas interesadas deben realizar el trámite de forma presencial en las oficinas de Chile Atiende, presentando los siguientes documentos:
1. Cédula de identidad del solicitante.
2. Formulario de solicitud de subsidio de cesantía, que se puede obtener en las oficinas de ChileAtiende o en la caja de compensación correspondiente.
3. Finiquito otorgado por el empleador. También puede presentarse una copia de Avenimiento o Sentencia Judicial ejecutoriada, o el Acta de Comparecencia por denuncia en la Dirección del Trabajo.
4. Certificado de cotizaciones previsionales del IPS o de la AFP, según corresponda.
5. Certificado de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad (este documento se incluye en el expediente; su función es iniciar el trámite, ya que la revisión mensual la lleva a cabo el IPS).