Seguro de Cesantía: ¿Cómo lo puedo cobrar? - Central Noticia

Seguro de Cesantía: ¿Cómo lo puedo cobrar?

El Seguro de Cesantía está disponible para todos los afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Indudablemente, uno de los respaldos más significativos para quienes enfrentan la pérdida de empleo es el Seguro de Cesantía.

Este derecho está disponible para todos los afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que se encuentren desempleados por voluntad propia o debido a la terminación de su contrato por parte del empleador.

¿En qué circunstancias se puede acceder al Seguro de Cesantía?

Para ser beneficiario del Seguro de Cesantía, es necesario cumplir con las siguientes condiciones:

  1. Haber quedado cesante de manera voluntaria o involuntaria, bajo contratos indefinidos, a plazo fijo, por obra o servicios, regulados por el Código del Trabajo, Estatuto de Asistentes de Educación Pública, o en el caso de trabajadores de casa particular.
  2. El contrato laboral debe haber iniciado a partir del 2 de octubre de 2002.
  3. Si el contrato es anterior a esa fecha, el trabajador debe haberse afiliado voluntariamente a la AFC, aplicando también para el Estatuto de Asistentes de Educación Pública y trabajadores de casa particular.
  4. Para contratos indefinidos o trabajadores de casa particular, contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes de la finalización de la relación laboral con uno o más empleadores.
  5. Para contratos a plazo fijo, obra o servicio determinado: tener 5 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.

Es importante destacar que aquellos trabajadores que no cumplan con las condiciones para acceder al seguro pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, otorgado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o por las cajas de compensación.

¿Cómo se realiza el cobro del Seguro de Cesantía?

El procedimiento para cobrar el Seguro de Cesantía implica los siguientes pasos:

  1. Ingresar a la sucursal virtual de la AFC con RUT o NIC y clave personal de acceso o mediante la Clave Única.
  2. Dentro de la sucursal virtual, seleccionar la pestaña “Cobro del Seguro”.
  3. Elegir la opción “Solicitud en Línea”, hacer clic en “Cobrar Seguro de Cesantía” y completar el formulario con la información solicitada.

Es fundamental tener presente que para llevar a cabo el cobro, es necesario estar cesante y acreditar esta condición mediante la presentación del finiquito firmado y ratificado, o en su defecto, algún documento que certifique la terminación de la relación laboral. Este trámite puede realizarse de manera virtual con la Clave Única o presencialmente, presentando la cédula de identidad vigente.

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