Asignación Familiar: Estas familias podrán cobrar este monto por el beneficio

La Asignación Familiar proporciona hasta $20.328 por cada causante.

La Asignación Familiar se erige como un respaldo financiero otorgado por el Sistema de Prestaciones Familiares a quienes tienen a su cargo a personas dependientes. Este aporte se extiende tanto a trabajadores como a pensionados y subsidiados por el Estado, brindando apoyo a aquellos que perciben ingresos, cotizan en el sistema previsional y tienen responsabilidades familiares.

En cuanto al monto, la Asignación Familiar proporciona hasta $20.328 por cada causante. No obstante, este importe puede variar en función del sueldo del trabajador y el número de cargas familiares que posea.

¿Quiénes Pueden Acceder a la Asignación Familiar?

Para ser beneficiario de este aporte, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Trabajadores dependientes del sector público y privado.
  • Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que incluya la Asignación Familiar entre sus beneficios.
  • Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, con cargas acreditadas en el IPS.
  • Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Pensionados de cualquier régimen.
  • Pensionados de viudez y madres de hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Instituciones estatales a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
  • Personas naturales con niños a su cargo por resolución judicial.
  • Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que, al quedar cesantes, percibían asignación familiar.
  • Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (solo en relación con su descendencia).
  • Beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años (limitado a su descendencia).

¿Cuándo se Entrega la Asignación Familiar?

La fecha de pago varía según la situación laboral o de pensionamiento:

  • Trabajadores dependientes: incluido en el sueldo y pagado por el empleador.
  • Trabajadores independientes (boletas de honorarios): en la devolución de impuestos del año siguiente.
  • Trabajadores independientes (cotizantes por cuenta propia): al efectuar sus cotizaciones o aportes.
  • Pensionados: abonado por la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
  • Personas subsidiadas por cesantía: junto con el subsidio correspondiente.