Revisa aquí si tienes pendiente este bono de $78.000 y cómo cobrarlo hoy mismo

Este bono, otorgado una vez al año por el Instituto de Previsión Social (IPS), está dirigido a adultos mayores de 65 años.

Con el desembolso de la pensión de mayo, llega también el Bono Invierno 2024, un subsidio de $77.982 destinado a ayudar a los adultos mayores a sobrellevar los meses más fríos del año.

Este aporte, otorgado una vez al año por el Instituto de Previsión Social (IPS), está dirigido a adultos mayores de 65 años que cumplan con los requisitos establecidos. Si cumples con estos criterios, puedes realizar una consulta telefónica para confirmar si eres beneficiario del bono.

¿Cómo consultar por teléfono si tienes derecho al Bono Invierno 2024?

Aunque existe la opción de realizar consultas en línea, muchos adultos mayores prefieren utilizar métodos de contacto más tradicionales. Por ello, el número de teléfono 600 440 0040 está disponible para responder tus preguntas sobre el pago del Bono Invierno.

Además, tienes otra alternativa: acudir en persona a cualquier sucursal de Chile Atiende para realizar la consulta sobre el bono. Puedes encontrar la oficina más cercana a tu domicilio haciendo clic en este enlace.

¿Quiénes son elegibles para recibir el Bono Invierno 2024?

El bono está destinado a adultos mayores de 65 años que cumplan con los siguientes criterios:

  • Son pensionados de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y reciben una Pensión Mínima con Garantía Estatal.
  • Son beneficiarios de una pensión otorgada por el Instituto de Previsión Social (IPS), el Instituto de Seguridad Laboral (ISL), la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o las mutualidades de empleadores, y su pensión es igual o inferior al valor de la pensión mínima de vejez ($212.406,55 reajustables en septiembre de cada año) para personas de 75 años o más.
  • Reciben la Pensión Garantizada Universal (PGU) sin derecho a otra pensión de un régimen previsional.
  • Perciben el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyo monto es igual o inferior al de la pensión mínima de vejez ($212.406,55 reajustables en septiembre de cada año) para personas de 75 años o más.
  • Cobran una pensión de un régimen previsional y, además, reciben la PGU con un monto igual o inferior al valor de la pensión mínima de vejez ($212.406,55 reajustables en septiembre de cada año) para personas de 75 años o más.
  • Son beneficiarios de la Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura (Ley N° 19123 y artículo 1° de la Ley N° 19.992), Pensión de Viudez de pensionados de reparación fallecidos (artículo séptimo transitorio Ley N° 20.405) y Pensión no Contributiva de Exonerados Políticos (Ley N° 19.234).