De esta forma puedes recibir si o si los $70 mil del Bono Invierno

Si desconoces si eres beneficiario del Bono Invierno 2024, infórmate llamando al teléfono 600 440 0040 o visitando una sucursal de ChileAtiende.

El 2 de mayo marcó el inicio de los pagos del Bono Invierno 2024, un respaldo financiero de $77.982 destinado exclusivamente a pensionados.

Aunque el Instituto de Previsión Social (IPS) estima que más de 1 millón 750 mil personas recibirán este beneficio, algunas personas que cumplen con los requisitos pueden no haberlo recibido junto con su pensión. Frente a esta situación, Chile Atiende ofrece orientación sobre los pasos a seguir.

¿Qué hacer si cumples con los requisitos del Bono Invierno pero no lo recibiste con tu pensión?

Si recibiste tu pensión en mayo y no incluía el Bono Invierno, sigue estos pasos:

  1. Ponte en contacto con tu entidad pagadora correspondiente (AFP, Compañía de Seguros, IPS, ISL, Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16. 744, Caja de Previsión de DIPRECA o CAPEDRENA).
  2. Presenta una solicitud para que revisen tu caso.

Si desconoces si eres beneficiario del Bono Invierno 2024, infórmate llamando al teléfono 600 440 0040 o visitando una sucursal de ChileAtiende.

¿Quiénes reciben el Bono Invierno 2024?

Este bono está dirigido a hombres y mujeres que hayan cumplido 65 años para el 1 de mayo de 2024 y sean pensionados con un monto igual o inferior a $212.406, siempre que pertenezcan a alguno de los siguientes grupos:

  1. Pensionados del IPS; del Instituto de Seguridad Laboral (ISL); de Dipreca, de Capredena y de las mutualidades de empleadores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  2. Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU) que no tengan derecho a recibir una pensión en algún régimen previsional.
  3. Pensionados de AFP y compañías de seguros que, además, estén percibiendo la PGU o un Aporte Previsional Solidario de Vejez, con pensiones de un monto igual o inferior a $212.406. (Sin incluir la PGU ni ese Aporte)
  4. Pensionados del Sistema de AFP que reciban pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  5. Personas beneficiarias de pensiones de leyes especiales (Valech, Rettig y Exonerados) que cumplan con los demás requisitos legales.