Aumento de la PGU en septiembre beneficiará a personas de 75 años o más con montos que superan los $250 mil. Revisa requisitos y fechas.
Una importante modificación en los montos previsionales comenzará a regir en el país con el aumento de la PGU en septiembre. La medida, enmarcada en la aplicación gradual de la Reforma de Pensiones, permitirá que miles de personas mayores accedan al valor máximo del beneficio estatal.
Quiénes acceden al monto máximo de $250 mil
A contar de septiembre de 2026, las personas que tengan 75 años o más podrán recibir el pago tope de la Pensión Garantizada Universal, el cual alcanza actualmente los $250.275 mensuales.
Este reajuste se implementará de forma automática para quienes cumplan los 75 años antes del 30 de septiembre. En caso de cumplir dicha edad entre octubre de 2026 y agosto de 2027, el incremento comenzará a aplicarse desde el mes de su respectivo cumpleaños.
Por otro lado, los beneficiarios pueden verificar su situación ingresando con su RUN y fecha de nacimiento directamente en el portal oficial de ChileAtiende.
Calendario y tramos de edad de la Reforma de Pensiones
El esquema de actualización previsional se diseñó de manera escalonada, considerando los siguientes tramos y etapas de vigencia:
- Septiembre de 2025: Incremento para personas de 82 años o más, junto con ajustes en la PBSI, APSI y Subsidio de Discapacidad.
- Septiembre de 2026: Extensión del monto máximo a personas de 75 años o más ($250.275).
- Septiembre de 2027: Acceso universal al tope del aporte para todos los beneficiarios de 65 años o más.
Asimismo, quienes tienen entre 65 y 81 años mantienen de forma transitoria un monto máximo de $231.732 hasta que les corresponda el paso al tramo superior según el calendario fijado por ley.
Pensiones de reparación y montepíos
Por consiguiente, la normativa también contempla la incorporación gradual de titulares de pensiones Rettig, Valech, exonerados políticos y pensiones de gracia bajo los mismos criterios de edad.
Finalmente, a partir de septiembre de 2027, quienes perciban pensiones de montepío de CAPREDENA o DIPRECA podrán solicitar un complemento para alcanzar el valor vigente de la PGU, siempre que cumplan con los requisitos legales establecidos.

