Bonos para cesantes: ¿Qué personas pueden recibirlos?

Estos bonos son un importante respaldo ante esta situación.

Así como existen beneficios para los trabajadores, también hay bonos para cesantes, ya sea por despido o término de contrato entre las partes.

¿Quiénes Pueden Recibir los Beneficios para Cesantes?

No todos los trabajadores pueden recibir estos beneficios. Algunas ayudas requieren que la cesantía sea por despido o término de contrato, y no por renuncia del empleado. Además, los trabajadores sin contrato formal tampoco podrán acceder a los beneficios.

Bonos para Cesantes Disponibles en Chile

Estos son los beneficios disponibles para cesantes en Chile:

Seguro de Cesantía

Es un beneficio que protege a trabajadores(as) regidos por el Código del Trabajo en caso de quedar sin empleo. Cada afiliado(a) a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía, que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si queda cesante, podrá retirar el dinero en giros mensuales.

Requisitos:

Acreditar la cesantía con alguno de los siguientes documentos:

  • Finiquito.
  • Carta de despido.
  • Carta de renuncia.
  • Acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo.
  • Certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.

Además, debes tener al menos:

  • 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término del contrato (con uno o más empleadores) si es indefinido o te desempeñas como trabajadora o trabajador de casa particular.
  • 5 cotizaciones continuas o discontinuas (con uno o más empleadores).

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Destinado a personas trabajadoras afiliadas al Seguro de Cesantía que no tienen recursos suficientes en su cuenta individual. Para acceder a este fondo, deben haber quedado cesantes por las siguientes razones:

  • Necesidad de la empresa.
  • Quiebra del empleador.
  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato.
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
  • Caso fortuito o fuerza mayor.

Para hacer uso de él, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas, y las tres últimas deben ser continuas con el mismo empleador. También es necesario activar tu cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE) una vez solicites el beneficio y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación.

Beneficio para Antiguos Trabajadores: Subsidio de Cesantía

El Subsidio de Cesantía es un bono pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación. Se aplica para desempleados que no cumplen con los requisitos del Seguro de Cesantía.

Requisitos:

  • Tener, mínimo, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años antes de la cesantía.
  • Ser parte del registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
  • Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al Seguro de Cesantía).