El 6 de marzo fue sentenciado un hombre, que cometió el delito de lesionar a su expareja de 28 años de edad.
Una de las medidas impuestas por 12 meses fue no acercarse a ella, a pesar de esto el sujeto falto a la normativa y concreto un nuevo ataque.
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Luis Barría, fiscal de turno dijo que el requerimiento verbal contra el obrero, quien llego al domicilio de la mujer a quien agredió con un cable, afectando su rostro, quebrantando lo ordenado por el Juzgado de Garantía de Castro.
La magistrada Alejandra Varas, sentenció a 61 días de presidio por lesiones menos graves en contexto de VIF, como también a 150 días por desacato.
Ambas sanciones privativas las sustituyó por una pena única de reclusión domiciliaria nocturna, por el tiempo asignado; decretó la prohibición de acercamiento a la afectada por dos años.
Información de Soychile.cl